REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



EN SU NOMBRE
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.
San Cristóbal, 19 de Enero de Dos Mil Quince

204° y 155°

Recibido por distribución, constante de un (01) folio útil, con recaudos en veintiocho (28) folios útiles, la solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por el ciudadano: YORMAN FERNANDO MORENO SAYAGO, titular de la cedula de identidad N° 17.493.577, asistido por el Abogado: NELSON EDUARDO MOROS URBINA, titular de la cédula de identidad N° V-10.147.011, inscrito en el inpre bajo el N° 58.423, Fórmese, expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Se admite cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud, por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. Vistas las diligencias que anteceden, contentivas de la declaraciones de los ciudadanos SANDRA MILENA BETANCURT REYES y ARTURO GARCIA ACEVEDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Números V-17.644.697 y V-13.892.221, respectivamente, domiciliados en el Municipio Junín, Estado Táchira, hábiles, evacuadas por ante el Juzgado Primero De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas De Los Municipios San Cristóbal Y Torbes De La Circunscripción Judicial Del Estado Táchira, en fecha 18 de Diciembre de 2014; vista igualmente el Acta de Defunción No. 1664, de fecha 13 de noviembre de 2014, expedida por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, perteneciente al de cujus FERNANDO ANTONIO MORENO RUIZ, quien fuera mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-4.629.430. Vista la: SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN EL EXPEDIENTE 4618-88 DE DIVORCIO POR RUPTURA PROLONGADA entre los ciudadanos: FERNANDO ANTONIO MORENO RUIZ e IVONNE DELGADO CONTRERAS, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo civil y mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en fecha 11 de Noviembre de 1988, vistas igualmente: PARTIDA DE NACIMIENTO N° 1098, de fecha 19 de agosto de 1983, perteneciente a ANYELA KATERINE MORENO SAYAGO, expedida por el Registro Civil del Municipio Junín, estado Táchira. PARTIDA DE NACIMIENTO No. 319 de fecha 06/09/1988 perteneciente a KEILA ANDREINA MORENO SAYAGO expedida por el Registro Civil del Municipio Córdoba, Estado Táchira, PARTIDA DE NACIMIENTO No. 1583 de fecha 18/11/1985 perteneciente a YORMAN FERNANDO MORENO SAYAGO, expedida por el Registro Civil del Municipio Junín, estado Táchira, En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, las declara bastantes y suficientes para asegurarle a los ciudadanos: ANYELA KATERINE MORENO SAYAGO, KEILA ANDREINA MORENO SAYAGO Y YORMAN FERNANDO MORENO SAYAGO, titulares de la cedula de identidad N° 15.438.705, N° 20.626.651 y N° V-17.493.577, respectivamente, su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS en su carácter de hijos del de cujus FERNANDO ANTONIO MORENO RUIZ, quien falleció Ab-Intestato en la calle 11 Barrio Los Áticos casa S/N, estado Táchira, el día 13 de noviembre de 2014, según consta de Acta de Defunción anteriormente señalada. Conforme con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo todo derecho de terceros. Devuélvase originales las presentes actuaciones a la parte interesada, emítase (03) juegos de copias certificadas y déjese en su lugar copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal.-


Abg. FELIX ANTONIO MATOS
Juez Titular


Abg. CARMEN B. MORENO PÉREZ
Secretaria

En la misma fecha se le dio entrada bajo el N° 153-15 y se cumplió con lo demás ordenado. En fecha _____________ se entregaron Originales con sus resultas y tres (03) juegos de copias fotostáticas certificadas, dejándose copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal.



Abg. CARMEN B. MORENO PÉREZ
Secretaria


Solicitud N° 153-15
FAM//k.u.
VA SIN ENMIENDA











LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, CERTIFICA: la anterior copia por ser fiel traslado de su original tomada del Expediente Nº 153-2015, Motivo: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS solicitante: YORMAN FERNANDO MORENO SAYAGO. Debidamente autorizada por el ciudadano Juez y certificada por la persona que suscribe, a los fines de su archivo en el Tribunal. San Cristóbal, 19 de Enero de 2015.


ABG. CARMEN B. MORENO PEREZ
SECRETARIA