REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
San Cristóbal, 20 de Enero de 2015.-
204° y 155°

Revisados como han sido los autos de la presente solicitud realizada por BETTY YAJAIRA SANABRIA ARENAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.243.716 asistida por la Abogado ZULEIKA COROMOTO HUNG FUENMAYOR; inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 24.435. de la misma se desprende que se recibió por distribución en fecha 26 de Noviembre de 2014, se le dio entrada el 27 de Noviembre de 2014; y vistas las diligencias que anteceden, contentivas de las: Declaraciones de las ciudadanas MARÍA BELEN DÍAZ CARVAJAL y MARITZA COROMOTO SALAMANCA FERREIRA, titulares de las cédulas de identidades Números V- 9.248.912 y V- 10.157.806, domiciliadas en el Municipio Guásimos y San Cristóbal, Estado Táchira, respectivamente y hábiles; Partida de Nacimiento N° 898, emanada de la entonces Prefectura de Municipio San Juan Bautista del Distrito San Cristóbal, de fecha 17 de Julio de 1980, perteneciente a GUIRLA MARIANA ROSALES VELANDRIA, Partida d Nacimiento N° 4093, emanada de la entonces Prefectura del Municipio La Concordia del Distrito San Cristóbal, de fecha 30 de Septiembre de 1983, perteneciente a MARLENE TATIANA ROSALES ACEVEDO; Partida de Nacimiento N° 2706, emanada de la entonces Prefectura del Municipio La Concordia del Distrito San Cristóbal, de fecha 30 de Julio de 1986, perteneciente a LISETH CAROLINA ROSALES ACEVEDO; Partida de Nacimiento N° 1157, emanada de la entonces Prefectura San Juan Bautista del Municipio San Cristóbal, de fecha 12 de Mayo 1994, perteneciente a MARINO ENRIQUE ROSALES QUINTERO; Acta de Defunción N° 823, emanada del Registro Civil de la Parroquia San Juan Bautista del Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, de fecha 14 de Agosto de 2013. Vista igualmente, Decisión del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de fecha 17 de Junio de 2014, donde se Declaró con lugar la Unión Concubinaria, entre los ciudadanos BETTY YAJAIRA SANABRIA ARENAS y MARINO ENRIQUE ROSALES VELASCO. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara bastantes y suficientes las anteriores diligencias, para asegurarle a la ciudadana BETTY YAJAIRA SANABRIA ARENAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 11.496.795, en su condición de concubina; el carácter de UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del De cujus MARINO ENRIQUE ROSALES VELASCO, quien falleció Ab Intestato, en el Hospital Seguro Social “Dr. Patrocinio Peñuela Ruiz”, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, el día 14 de Agosto de 2013, según consta de Acta de Defunción, anteriormente señalada, conforme con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedando a salvo todo derecho de terceros. En cuanto a los otros herederos, su carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus MARINO ENRIQUE ROSALES VELASCO, fue declarado por el Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de ésta Circunscripción Judicial, Solicitud No. 8465, Nomenclatura de ese Tribunal. Se acuerda devolver en originales estas actuaciones e igualmente expídase copias certificadas de la presente solicitud, autorizando al alguacil del Tribunal, ciudadano Carlos Humberto Guerrero, titular de la cédula de identidad N° V- 5.648.123, para la realización de los fotostatos. Dejase copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal.Abg. FÉLIX ANTONIO MATOS Juez Titulara (Fdo. Ilegible) Lugar del Sello Abg. CARMEN B. MORENO P. Secretaria (Fdo. Ilegible)En fecha ____________ se entregaron Originales con sus resultas, dejando copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal.-Abg. CARMEN B. MORENO P. Secretaria (Fdo. Ilegible) FAM*JM.-Solicitud N° 127-14.-

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, CERTIFICA: las anteriores copias por ser fiel traslado de sus originales tomadas del Expediente Nº 071-2014, relacionado con el juicio seguido por MARITZA DEL CARMEN BRAVO SEMECO contra LARRY TIRADO CORTES y CARMEN ALICIA MEDINA DE TIRADO por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA. Debidamente autorizadas por el ciudadano Juez y certificadas por la persona que suscribe, a los fines de su archivo en el Tribunal. San Cristóbal, Veinte (20) de Enero de 2015.-


Abg. CARMEN MORENO PEREZ
Secretaria






FAM/jm.-