REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución Secc. Adolescentes del Estado Vargas
Macuto, 10 de Febrero 2015
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : WP01-D-2012-000358
AUTO DECLARANDO CON LUGAR REVISION DE SANCIONES
Esta Decisora cumpliendo con la atribución de Control y Supervisión de ejecución de sanciones conforme a los artículos 646 y 647 literal i) de la LOPNNA, revisado la causa referente al joven IDENTIDAD OMITIDA, nacido el 03/06/1996 actualmente de 18 años de edad, revisado el escrito enviado en diciembre 2014 por la Fundación Reto a la Esperanza informando que el mencionado joven sigue cumpliendo proceso de rehabilitación de adicciones en la sede de Mérida hasta la actualidad, siendo tiempo suficiente para una nueva Revisión de Sanciones de conformidad al artículo 647 literal e) conforme a la LOPNNA y de oficio se declara con lugar la Revisión por buena evolución, pasa de seguida esta Decisora a fundamentar esta decisión conforme al artículo 157 del COPP por remisión del artículo 537 de la Ley penal especial.
Se observa del expediente en la segunda pieza al folio 16 Sentencia Definitiva de fecha 18/12/2012 dictada por el Tribunal Primero de Control de esta misma Sección Penal de Adolescentes, donde declarando responsable penalmente a IDENTIDAD OMITIDA conjuntamente con otro joven aplicando admisión de hechos por el delito de ROBO AGRAVADO y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO y se les condenó a cumplir las sanciones en forma simultánea de REGLAS DE CONDUCTA y LIBERTAD ASISTIDA por DOS (2) AÑOS y SERVICIO A LA COMUNIDAD POR 6 MESES. En fase de ejecución se logró imponer la Sentencia el 04/04/2013 con presentaciones cada Ocho (8) días, para Diciembre 2013 se fija de oficio Revisión de sanción y se pide informe el cual, no acude el joven pero se recibe un escrito de la madre Yamel Lamas indicando que ingresó a la Fundación Reto a la Esperanza desde el 20/06/2013 ubicado en Mérida consignando constancia y que se encuentra cumpliendo proceso de rehabilitación de adicciones y es voluntario, sin embargo se insistió en la Revisión y se logró efectuarla el 22/04/2014 en esta fecha el Defensor Público se comunica con el Coordinador de la Fundación Reto a la Esperanza en Mérida y manifiestan que el joven IDENTIDAD OMITIDA sigue interno rehabilitándose mejorando muchísimo y que mandaran informe por lo que se difirió para el día 20/05/2014 y en efecto se recibió un escrito el 24/04/2014 de la Fundación Reto a la Esperanza haciendo constar que IDENTIDAD OMITIDA se encuentra en el centro de Mérida en periodo de rehabilitación teniendo un buen comportamiento con visita cada 3 meses y contacto telefónico con familiares cada 15 días y que la rehabilitación es por 1 año y medio y su ingreso fue el 20 de junio 2013, por lo que la fiscal no se opuso a la Revisión y que siga la rehabilitación declarándose con lugar por buena evolución.
Ahora bien, para Noviembre 2014 se fija nueva Revisión, el Defensor se logra comunicar con el Centro de Rehabilitación donde informan que el prenombrado muchacho sigue en la institución y mandaran escrito, el cual es recibido el 05/12/2014 de la Fundación Reto a la esperanza haciendo constar que IDENTIDAD OMITIDA se encuentra cumpliendo un proceso de rehabilitación de adicciones en la sede de Mérida desde su ingreso en Junio 2013 hasta la fecha actual de forma voluntaria, en consecuencia considera esta Juzgadora que es ajustado a derecho DECLARAR CON LUGAR REVISION DE SANCIONES por haberse mantenido en el Centro de Rehabilitación para adictos desde junio 2013 en Mérida hasta la actual data siendo beneficioso para él, su familia y la sociedad, cumpliendo así con la obligación principal de estas medidas que es atender su problemática de drogadicción debiendo culminar sus sanciones el 04/04/2015, quedando pendiente exonerarle del Servicio Comunitario por la rehabilitación.
DISPOSITIVA
En base a los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA REVISION DE SANCIONES, al joven IDENTIDAD OMITIDA por seguir asistiendo al Centro de Rehabilitación para adictos según informe del 05/12/2014 de Reto a la Esperanza con sede en Mérida, por lo que deberá continuar su tratamiento hasta que su reinserción sea beneficiosa para él, su familia y la sociedad, cumpliendo así con la obligación principal de estas medidas que es atender su problemática de drogadicción debiendo culminar sus sanciones el 04/04/2015, todo conforme a los artículos 646 y 647 de la LOPNNA
Diarícese y se autoriza copia certificada de esta Decisión. Notificar a las partes
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION
DRA. ANA CELIA PEREZ RUDMAN
SECRETARIA DE EJECUCION
Abg. MARVIC VELASQUEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en este escrito.
SECRETARIA DE EJECUCION
Abg. MARVIC VELASQUEZ