REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO VARGAS
Macuto, 10 de Febrero de 2015
204º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2010-000023
ASUNTO : 2E-2279-10

Vista la decisión que antecede, mediante la cual se ordena efectuar un nuevo cómputo en virtud de la redención de la pena por el trabajo y estudio acordada a favor de DEIVIS JAVIER PULGAR HERRERA, siendo ello una nueva circunstancia que modifica el tiempo de cumplimiento de pena previamente impuesto al prenombrado penado, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a realizarlo en lo siguientes términos.

A DEIVIS JAVIER PULGAR HERRERA, se le condenó a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISION, siendo redimida por un tiempo de SEIS (06) MESES y QUINCE (12) DIAS, que aunado a una primera redención de pena en fecha 19-12-2011, por un lapso de TRES (03) MESES y DOCE (12) DIAS, más el tiempo detenido de CINCO (05) AÑOS, UN (01) MES Y CINCO (05) DIAS al hacer la sumatoria de la mismas ha cumplido un total de CINCO (05) AÑOS, ONCE (11) MESES y DOS (02) DIAS, siendo la pena que le falta por cumplir de VEINTIOCHO (28) DIAS, la cual cumplirá en fecha: 08/03/2015, en virtud que el penado fue detenido por primera vez en fecha 05/01/2010, hasta el día de hoy.
Así las cosas, corresponde determinar las fechas en las cuales la penada podrá optar por las diferentes fórmulas del cumplimiento de pena al respecto se observa:
1. DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir una cuarta parte (1/4) de la pena, la cual cumplirá el 08/09/2010.
2. ESTABLECIMIENTO ABIERTO: Al cumplir una tercera parte (1/3) de la pena, la cual cumplirá el 08/03/2011.
3. LIBERTAD CONDICIONAL Al cumplir las dos terceras partes (2/3) de la pena, la cual cumplirá el 08/03/2013.
4. CONFINAMIENTO: Al cumplir las tres cuartas (3/4) de la pena, la cual la cumplirá el 08/09/2013.
5. La totalidad de la pena impuesta la cumplirá el 08/03/2015.

Notifíquese a las partes y cítese al penado, remítase copia del presente cómputo. TRAMITESE EL ESTABLECIMIENTO ABIERTO. Cúmplase.
EL JUEZ (2º) DE EJECUCION.

DR. MAURO RODRIGUEZ BARBOZA
LA SECRETARIA,

ABG. MARIA LAURA ROMERO

ASUNTO: WP01-P-2010-000023