REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS
Macuto, 23 de Febrero de 2015.
204º y 156º

ASUNTO PRINCIPAL: WP01-S-2015-000453
ASUNTO: WP01-S-2015-000453

Vista la diligencia que antecede, suscrita por la abogada LOURDES BRICEÑO SIFONTES, en su carácter de Defensora Privada del ciudadano DAMIAN DE JESÚS DE LA OZ GARCIA, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 15.439.359, mediante la cual requiere el traslado del referido imputado hasta la Medicatura Forense, motivado a que el mismo padece presumiblemente, según manifestación de la defensa privada de “PARAPLEJIA FLACCIDA ( FRANKEL A) ARREFLAXIA RORULIANA y AQUILIANA BILATERAL”, condición de salud que no consta en autos y que le impide caminar, asimismo, describe que por tal situación se le están presumiblemente …“exteriorizando escaras en las nalgas por la perdida de la masa muscular”… , anexando a la solicitud copia simple de Informe Médico Provisional proferido por el Ministerio del Poder Popular para la Defensa, Dirección General de Salud, Hospital Militar “Dr. Vicente Salías” de fecha 15 de Diciembre de 2014. Este Tribunal en aras de preservar las Garantías contenidas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela como norma suprema, a saber el Derecho a la tutela judicial efectiva, a la vida y a la salud, todo ello conforme lo previsto en los artículos 7, 49, 43 y 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por lo que acuerda el traslado del ciudadano DAMIAN DE JESÚS DE LA OZ GARCIA, plenamente identificado en autos a la Sede del la Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub Delegación La Guaira, CON LAS SEGURIDADES DEL CASO, ASÍ COMO EL RESGUARDO POLICIAL CORRESPONDIENTE, a fin que le sea practicado un Examen Médico Legal y sea remitido a este despacho, y de ser necesario aplicar tratamiento con ocasión a las heridas presuntamente referidas por la Defensa Privada abogada LOURDES BRICEÑO SIFONTE. Líbrese oficio a la Guardia Nacional Nro. 45. Destacamento Nro. 451. Primera Compañía. Comando Maiquetía y Boleta de Traslado correspondiente, cúmplase.
LA JUEZA
ABG. MARÍA HERMINIA CRACA G.
LA SECRETARIA

LEGNA DEL VALLE LUNA LEMMERT

En esta misma se dio cumplimiento a lo ordenado en auto anterior.

LA SECRETARIA

ABG. LEGNA DEL VALLE LUNA LEMMERT