REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 25 de febrero de 2015
204º y 156º

ASUNTO: WP21-J-2015-000173


Recibida como fue de la URDD la solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS y DE BIENES, presentado por los ciudadanos DAVID JOSE MELEAN MARRERO y HERCYRIS NAZARETH MARTINEZ PACHECO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-19.627.340 y V-15.780.641 respectivamente, debidamente asistidos por la profesional del Derecho ANA HORTENSIA ALMEIDA PAREDES, Inpreabogado número 52.447, désele entrada, anótese en los libros correspondientes. En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, la ADMITE conforme a derecho y DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y DE BIENES, en los términos y condiciones por ellos convenidos en la solicitud, de conformidad con lo establecido en el artículo 189 del Código Civil en concordancia con lo dispuesto en el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. Expídase por Secretaria las copias certificadas a librar. La Secretaria de este despacho las suscribirá, en todas y cada una de sus partes, todo de conformidad con lo estipulado en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase lo ordenado.-
La Jueza

Abg. María Eugenia Bedoya González
La Secretaria

Abg. Yira Ceballos Vera