REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 26 de febrero de 2015
204º y 156º

ASUNTO: WP21-J-2015-000168
Por recibida Solicitud de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Circuito Judicial, la presente solicitud de Autorización para Tramitar Pasaporte presentado por la ciudadana: ESTHER NAIMAR DIAZ MUÑOZ, titular de la cedula de identidad Nº V- 17.959.513, actuando en interés de sus hijos de ocho (08) y ocho (08) años de edad, respectivamente; debidamente asistida por la Defensora Pública Abg. ADRIANA ARREAZA, así como los recaudos anexos a la misma, désele entrada y anótese en los libros respectivos. Asimismo, se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 511 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia por cuanto la presente solicitud versa sobre la obtención de un documento público de identidad, y por cuanto es una obligación del Estado garantizar de manera oportuna este derecho a todos los niños, niñas y adolescentes que se encuentren dentro del territorio nacional, DECRETA la presente AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA TRAMITAR PASAPORTE a favor de los niños de ocho (08) y ocho (08) años de edad, respectivamente, a tal efecto se ordena librar oficio al SERVICIO ADMINISTRATIVO DE IDENTIFICACIÓN, MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA (SAIME), a fin de que tramite el respectivo pasaporte. Se ordena el cierre y el archivo del presente expediente y su remisión al Archivo Judicial. Libérese oficio.Cúmplase.-
LA JUEZA,

ABG. MARIA EUGENIA BEDOYA.-
LA SECRETARIA

ABG. YIRA CEBALLOS VERA