REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 3 de febrero de 2015
204º y 155º

ASUNTO: WP21-J-2014-001262

Vista y revisada las actas del presente expediente y visto el escrito de solicitud presentado por la ciudadana: ADIANES MILAGRO BAILOND, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°.V-13.043.636, actuando en representación de sus hijos los niños venezolanos, de catorce (14), dos (02) años de edad respectivamente, debidamente asistido en este acto por el Defensor Publico Auxiliar Tercero Encargado Abg. ROGER ABREU, en Materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Vargas; este Tribunal por cuanto la presente solicitud versa sobre la obtención de un documento público de identidad, y por cuanto es una obligación del Estado garantizar de manera oportuna este derecho a todos los niños, niñas y adolescentes que se encuentren dentro del territorio nacional, DECRETA la presente AUTORIZACION JUDICIAL PARA TRAMITAR PASAPORTE, a favor de los niños venezolanos, de catorce (14), dos (02) años de edad respectivamente, a tal efecto se ordena librar oficio al Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), a fin de que tramite el respectivo pasaporte. Se ordena el cierre y el archivo del presente expediente y su remisión al Archivo Judicial. Líbrese oficio. Cúmplase.-
LA JUEZA,


ABG. MARIA EUGENIA BEDOYA GONZALEZ
LA SECRETARIA

ABG. YIRA CEBALLOS