REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 9 de febrero de 2015
204º y 155º
ASUNTO: WP21-H-2014-000038.-
Visto el convenimiento de Convivencia Familiar presentado por el Abg. Omar Arturo Sulbaran, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº32.419, asistiendo a los ciudadanos: JONNATHAN ENRIQUE OTERO ARIAS y HILDAMAR DEL VALLE OLIVARES GARCIA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-15.911.818 y V- 16.509.857, respectivamente, a favor del niño de un (01) año y ocho (08) meses de edad; se ordena dar entrada y anotar en los Libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el Artículo 511 en concordancia con los artículos 385 y 386 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 518 ejusdem, HOMOLOGA el convenimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto. Expídanse las copias certificadas del presente auto y del convenio que requieran las partes. CÚMPLASE LO ORDENADO.-
LA JUEZA,
Abg. MARIA EUGENIA BEDOYA
LA SECRETARIA,
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