REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES.

San Cristóbal, estado Táchira, hoy miércoles 11 de febrero del 2015, siendo las 2:45 de la tarde se traslado y constituyo este juzgado cuarto del municipio ordinario y ejecutor de medidas de los municipios san Cristóbal y torbes de esta circunscripción judicial, junto con el Abogado Antonio Molina mora, titular de la cedula de identidad Nº V- 13.211.466 e inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 169.682, en su carácter de Abogado Antonio Molina mora. En un inmueble ubicado en la avenida Antonio José de Sucre, centro comercial sambil, San Cristóbal, estado Táchira en la entidad bancaria BANCO MERCANTIL, BANCO UNIVERSAL, a fin de ejecutar la presente medida de embargo decretada.por el Juzgado Superior Contencioso Tributario Región Los Andes; demanda incoada por la Alcaldía del Municipio Libertador en contra de la S.M agropecuaria los almendros C.A, expediente Nº 3058. Se encuentra presente el ciudadano José Omar Maldonado Hernández, titular de la cedula de identidad Nº V- 9.231.589, supervisor de operaciones especiales y servicios, siendo que notificado del objeto y misión del tribunal y quien permitió el acceso del tribunal al local.Seguidamente el abogado Antonio Molina, sindico procurador, solicito el derecho de palabra y concedido que le fue expone: solicito muy respetuosamente proceda a requerir del notificado la verificación del RIF: J-030955578 y nos indique si la titular es la demandada y nos indique el saldo para la fecha. En este estado el ciudadano juez, le indica al notificado proceda a verificar el rif suministrado por la parte ejecutada, y nos indique el titular y el saldo para la fecha..Seguidamente el notificado le informa al ciudadano juez, que el rif J- 0309955578, pertenece a la SM Agropecuaria Los Almendros CA y tiene un saldo de doscientos dieciocho mil bolívares con veinte y dos céntimos, (218.000.22).Seguidamente el abogado actor, solicita al ciudadano juez, proceda a embargar la suma de Doscientos Dieciocho Mil Bolívares (Bs. 218.000.00). En este estado el ciudadano Juez, visto lo notificado y lo solicitado por el abogado actor, declara legalmente embargado ejecutivamente la suma de Doscientos Dieciocho Mil Bolívares (Bs. 218.000.00) declarando la desposeSion jurídica de la ejecutada ,indicándole al notificado que debe emitir un cheque de gerencia por el monto embargado a nombre del tribunal contencioso tributario región los andes. Seguidamente la parte actora, Abogado Antonio Molina, se reserva el derecho de seguir señalando bienes propiedad de la demandada SM agropecuaria los almendros CA, en este estado el notificado, manifiesta al ciudadano juez, que acato la decisión y entrega en este acto, cheque de gerencia Nº 03008151, por la cantidad de Doscientos Dieciocho Mil Bolívares ( Bs.218.000.00) a nombre del Tribunal Superior Contencioso Tributario región los andes. No siendo otro el objeto del tribunal, se da por terminado el acto, siendo las 4:18 de la tarde, regresando a la sede natural del tribunal, dejando copia certificada del acta para el copiado de actas llevado por este tribunal, leída el acta conformes firman. DR. FELIX ANTONIO MATOS JUEZ TITULAR (FDO. ILEGIBLE) LUGAR DEL SELLO. José Omar Maldonado Hernández NOTIFICADO (FDO. ILEGIBLE) Abogado Antonio Molina Mora SINDICO PROCURADOR DEL MUNICIPIO LIBERTADOR ABG CARMEN B. MORENO PÉREZ SECRETARIA (FDO. ILEGIBLE)