REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.
San Cristóbal, 09 de Febrero de Dos Mil Quince.
205° y 156°
Vistas las diligencias que anteceden, contentivas de la declaraciones de los ciudadanos MARIA TERESA LAVIOSA TORRADO y LEYDA XIOMARA ARCINIEGAS SANCHEZ , venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Números V-5.659.804 y V-9.224.264, respectivamente, domiciliados en el Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, hábiles, evacuadas por ante este Despacho en fecha 27 de Enero de 2015; vista igualmente el Acta de Defunción No. 174, de fecha 18 de Octubre de 2014, expedida por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, correspondiente a la Parroquia Pedro María Morantes, perteneciente al de cujus ADRIAN ARTURO COLMENARES COLMENARES, quien fuera mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-20.122.459. Vista igualmente: Partida de Nacimiento No. 1099 de fecha 30/04/1990, expedida por la prefectura de la Parroquia La Concordia, Estado Táchira, perteneciente a ADRIAN ARTURO COLMENARES COLMENARES, partida de Nacimiento de fecha 09/09/1987, expedida por el Registro Civil de la Parroquia La Concordia, estado Táchira, perteneciente a JACKSON ALEJANDRO COLMENARES, y Partida De Nacimiento N° 6001, de fecha 18/12/1978, expedida por el Registtro Civil de la Parroquia La Concordia del Estado Táchira, perteneciente a JORGE GABRIEL COLMENARES, vista igualmente el acta de defusion N° 174 DE FECHA 23 DE Diciembre de 2012 expedida por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, correspondiente a la parroquia Pedro Maria Morantes perteneciente a la de cujus, ROSA MIREYA COLMENARES, quien fuera mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 3.791.584, En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, las declara bastantes y suficientes para asegurarle a los ciudadanos: JACKSON ALEJANDRO COLMENARES y JORGE GABRIEL COLMENARES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-17.810.786 y V-13.147.828, su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS en su carácter de hermanos del de cujus ADRIAN ARTURO COLMENARES COLMENARES, quien falleció Ab-Intestato en el Hospital Materno Infantil Los Andes C.A. Municipio San Cristóbal, estado Táchira, el día 17 de Octubre de 2012, , , según consta de Acta de Defunción anteriormente señalada. Conforme con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo todo derecho de terceros. Devuélvase originales las presentes actuaciones junto con copias certificadas a la parte interesada y déjese en su lugar copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal.-.- El juez titular (fdo ilegible) ABG. FELIX ANTONIO MATOS.- Hay sello húmedo del Tribunal.- La secretraia (fdo ilegible) ABOG. CARMEN B. MORENO PEREZ.- En fecha ______ se entregaron Originales con sus resultas, dejándose copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal. La Secretaria (fdo ilegible) ABOG. CARMEN B. MORENO PEREZ.- Hay el sello humedo del tribunal.- Solicitud N° 159-15.- FAM/k.u.
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, CERTIFICA: la anterior copia por ser fiel traslado de su original tomada del Expediente Nº 159-2015, Motivo: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS solicitante: JACKSON ALEJANDRO COLMENARES.
Debidamente autorizada por el ciudadano Juez y certificada por la persona que suscribe, a los fines de su archivo en el Tribunal. San Cristóbal, 09 de Febrero de 2015.
ABG. CARMEN B. MORENO PEREZ
SECRETARIA
FAM/k.u. .-
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