REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GARCÍA DE HEVIA.

En horas de despacho del día de hoy jueves doce (12) de febrero de dos mil quince (2015), siendo las nueve y treinta horas de la mañana (09:30 a.m.), conforme al auto inmediatamente anterior, se trasladó este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio García de Hevia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, conformado por el Juez Segundo de Municipio Abg. RAFAEL MANUEL NIETO RICAURTE y la Secretaria del Tribunal Abg. TRINEIMA YERINNE PADILLA CONTRERAS y se constituyó en el Estacionamiento del Centro Comercial Don Erasmo, Urbanización Los Jabillos, al frente de la sede de este Juzgado, La Fría, Municipio García de Hevia del Estado Táchira por el ciudadano FRANKLY OMAR COLMENARES SUAREZ, titular de la cédula de identidad número V.- 11.975.821, debidamente asistido para este acto por el Abogado en Ejercicio JORGE IVAN ROA LOZANO, titular de la cédula de identidad número V- 9.350.184, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.564, quien actúa con el carácter de solicitante de la presente causa, todo con el fin de dar cumplimiento a la Solicitud N° 0111-15, nomenclatura de este Tribunal, la cual versa sobre un vehículo el cual presenta las siguientes características: Marca FORD, Modelo F-100, Serial de Carrocería AJF10P39627, Serial de Motor V8, Placa A14AT2L, Año 1975, Color VERDE, Clase CAMIONETA, Tipo PICK-UP, Uso CARGA, según se desprende de Certificado de Registro de Vehículo N° 150100954038, expedido por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre, en fecha 15-enero-2015, a nombre de FRANKLY OMAR COLMENARES SUAREZ, cédula de identidad N° V11975821. Constituido como se encuentra este Tribunal, el Juez procedió a notificar de la misión a cumplir al ciudadano WILLIAM CONTRERAS RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.- 6.220.389, en su carácter de Experto de la División de Vehículos del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, al cual se le procedió a designar como Perito Experto en Vehículos y quien estando presente aceptó el cargo y presto el juramento de Ley. En este estado solicito el derecho de palabra el solicitante ciudadano FRANKLY OMAR COLMENARES SUAREZ, debidamente asistido para este acto por el Abogado en Ejercicio JORGE IVAN ROA LOZANO, supra identificados, y concedido que le fue expuso: “Solicito al ciudadano Juez se sirva dar cumplimiento a la presente Solicitud de Inspección Judicial, en consecuencia, proceda a dejar constancia de los particulares solicitados. Es todo”. Vista la precedente exposición, se acuerda en conformidad, en consecuencia, se procede a dejar constancia de los particulares solicitados en el escrito de Inspección Judicial, asistido debidamente este Tribunal por el funcionario del C.I.C.P.C. WILLIAM CONTRERAS RIVAS, supra identificado. AL PRIMER PARTICULAR: El Tribunal conjuntamente con el experto designado, deja expresa constancia que fue presentado para ser objeto de Inspección Judicial un vehículo el cual presenta las siguientes características: Marca FORD, Modelo F-100, Serial de Carrocería AJF10P39627, Serial de Motor V8, Placa A14AT2L, Año 1975, Color VERDE, Clase CAMIONETA, Tipo PICK-UP, Uso CARGA,, y el mismo se encuentra en las siguientes condiciones: pintura y latonería en mal estado, tapicería en mal estado, presenta color verde, el señalado en el Registro de Vehículo, posee las dos placas identificadoras (A14AT2L), posee dos retrovisores externos, luces en regular estado, vidrios en buen estado, posee parrilla delantera en regular estado, parachoques delantero en regular estado, cauchos en regular estado. AL SEGUNDO PARTICULAR: El Tribunal deja expresa constancia con el experto de que el vehículo objeto de la presente inspección: A.- SERIALES: 1.- se encuentra desprovista de la chapa body de identificación de seriales que debería llevar ubicada en el cortafuegos parte central, ello debido al deterioro del sistema de fijación por los años de uso, la misma se encuentra en poder del solicitante, 39627, siendo original en cuanto su sistema de elaboración y estampado al usado por la planta ensambladora. 2.- presenta chapa de identificación de seriales ubicada en el borde de la puerta izquierda, en la misma se lee AJF10R39627, siendo original en cuanto su sistema de elaboración, estampado y fijación al usado por la planta ensambladora. Es de señalar que el digito sexto de izquierda a derecha varia en referencia al indicado el en certificado de registro de vehículo, ya que presenta el digito “R”, el cual se refiere al año de fabricación, indica que es año 1975, por lo cual se determina que existe un error de transcripción en dicho certificado. 3.- presenta serial de chasis ubicado en el chasis lado derecho, parte superior delantera, en el cual se lee AJF10 9627, siendo original en cuanto a su sistema de elaboración y estampado. Es de señalar que por deterioro y arreglos mecánicos del mismo no se leen los dígitos sexto y séptimo (R3), siendo los demás legibles y originales.. B.- PLACAS IDENTIFICADORAS: En lo referente a las placas identificadoras A14AT2L, se deja constancia de que las mismas son auténticas y corresponden al vehículo objeto de la presente inspección, luego de ser verificadas en el sistema Sipol-Inttt. AL TERCER PARTICULAR: El Tribunal, conjuntamente con el experto deja constancia: que de conformidad con el Sistema de Información Policial, el Vehículo objeto de la presente inspección, ni alguno de sus seriales se encuentran solicitados por ante algún Organismo de Seguridad del Estado o/u Organismo Policial. Es todo. Se deja constancia que se anexan a la presente inspección judicial las improntas correspondientes de las chapas de seriales tomadas por el experto designado, todo constante de un (01) folio útil. No siendo otro el objeto de este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio García de Hevia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, declara cumplida la presente Inspección Judicial y acuerda regresar a su sede siendo las nueve y cincuenta horas de la mañana (09:50 a.m.). Terminó, se leyó y conformes firman.

El Juez de Municipio
Abg. RAFAEL M. NIETO R.


El Solicitante
FRANKLY OMAR COLMENARES S.

Abogado Asistente
JORGE IVAN ROA LUZANO


Notificado-Perito Experto
WILLIAM CONTRERAS RIVAS


La Secretaria
Abg. TRINEIMA Y. PADILLA C
Sol. N° 0111-2015.-