REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, SAN CRISTÓBAL. TRECE (13) DE JULIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE (13/07/2015). AÑOS 205º DE LA INDEPENDENCIA Y 156º DE LA FEDERACIÓN.

Vista la solicitud de Inspección Judicial, presentado en fecha 02/07/2015 por el ciudadano José Luis Orduz Belén, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V-10.147.086, domiciliado en el Bote, Municipio Torbes, estado Táchira, asistido por el abogado Daniel Antonio Carvajal Ariza, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 83.090, en consecuencia, se acuerda darle entrada, signarle número de solicitud y hacer las anotaciones en los libros correspondientes.
Ahora bien, a los fines de su admisión, resulta conveniente hacer las siguientes consideraciones: Del contenido del escrito de solicitud se destaca que no expresa el objeto o el fin de la misma. En consecuencia, esta Instancia Agraria, a los fines previstos, insta a la parte solicitante, para que dentro de los tres (3) días de despacho siguientes al de hoy, subsane su escrito en los términos expuestos, so pena de no admitir la misma de conformidad a lo previsto en el artículo 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo y Agrario.

La Jueza Provisoria,

Xiomara Méndez Ramírez,

La Secretaria,

Carmen Rosa Sierra