REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, SAN CRISTOBAL. VEINTITRES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE (23/07/2015). AÑOS 205º DE LA INDEPENDENCIA Y 156º DE LA FEDERACION.
Vista la solicitud de Justificativo para Perpetua Memoria (Solicitud de Titulo Supletorio), presentada en fecha 17/07/2015, por el ciudadano Leonardo Rafael Noguera, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V-9.338.111, domiciliado en la calle principal, casa N° 3-57, Sector Aguadias, La Grita, municipio Jáuregui del Estado Táchira, asistido por el abogado Fernando Sánchez Molina, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.551.495, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.641, con domicilio procesal en el Centro Profesional el Forum, ubicado en el Sector Catedral, carrera 2 con calle 5, Oficina 6-A, San Cristóbal, Estado Táchira. En consecuencia, se acuerda darle entrada, signarle número de solicitud y hacer las anotaciones en los libros correspondientes. Por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho y se acuerda oficiosamente practicar Inspección Judicial en el lote de terreno denominado “LAS BATATAS” ubicado en el sector CAMPO ALEGRE, parroquia Capital Ayacucho, municipio Ayacucho del Estado Táchira, constante de una superficie de ciento ochenta y tres hectáreas con ocho mil doscientos diecisiete metros cuadrados. (183 has. con 8217 m2), alinderado de la siguiente manera: Norte: Terrenos ocupados por Vinicio Vivas, Pablo Vivas y quebrada La Úraca. Sur: Terrenos ocupados por sucesión Urbina y quebrada La Susta. Este: Terreno ocupado por sucesión Urbina y Oeste: Terrenos ocupados por Vinicio Vivas y quebrada La Susta, demarcado por los puntos de coordenadas levantadas en Proyección Universal Transversal de Mercator (UTM), el cual por auto separado, se fijará día y hora para los efectos del traslado, En cuanto a las testimoniales, se fija para el tercer (3°) día de despacho siguiente al de hoy, para que tenga lugar la declaración testimonial de los testigos, que en su debida oportunidad presentara ante este despacho la parte solicitante; a las 9:00, 9:30 y 10:00 de la mañana, en su orden. Cúmplase.
La Jueza Provisoria,
Xiomara Méndez Ramírez. La Secretaria,
Carmen Rosa Sierra M.