REPÚBLICA DE VENEZUELA. EN SU NOMBRE. TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS, GUASIMOS Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Táriba, Ocho (08) de Junio de 2015.
205° y 156°
Vista la solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentado por el ciudadano DANNY ROSALINO PERALTA PALOMINO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.-22.642.108 y hábil, asistido por el abogado RAFAEL NAPOLEÓN VILLEGAS AVILA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 18.614; vistos los documentos presentados y las declaraciones de los testigos evacuados por ante este Tribunal en fecha 05/06/2015 ciudadanos Hever Humberto Noguera Molina y José Arvey Camacho Flores y en la presenta fecha el ciudadano César Rafael Rivero Torres, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-17.491.920, V.-14.785.450 y V.-6.515.186; este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS, GUÁSIMOS Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL ESTADO TÁCHIRA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN O DERECHOS DE LAS MEJORAS CONSTRUIDAS SOBRE UNA PARCELA DE TERRENO, ubicado en donde se inicia y termina la calle principal de Tucapé, primera entrada a la Autopista en la vía que conduce de la Fría a San Cristóbal, diagonal a la cancha Deportiva, Muncipio Cárdenas del Estado Táchira con un área total de construcción de sesenta y ocho metros con ochenta centímetros cuadrados (68,80 mts2), constante de un local comercial con una habitación y su baño, signado, por concenso con los demás poseedores y colindantes, con el Nro. 1, con sus piezas sanitarias, con fundaciones directas, instalaciones de aguas servidas, aguas blancas y electricidad, portón metálico y una puerta también metálica en su frente, internamente una puerta corrediza de metal, paredes de bloque de arcilla , todo en obra negra, piso de cemento y techo de platabanda de cemento y cabilla; con los siguientes linderos y medidas: NORTE: con la autopista la Fría-San Cristóbal, separa terreno utilizado como estacionamiento, en la medida de 4 metros ; SUR: con propiedad de Alix Pérez, en la medida de 4 metros; ESTE: con mejoras propiedad de Jesús E. Peralta P. en la medida de diez y siete metros con veinte centímetros (17,20 mts); y OESTE: con propiedad de Alix Pérez por una parte, con la cancha deportiva por otra parte y por la otra parte con mejoras propiedad de Elsa Benita Palomino de Peralta, todo en línea recta en la medidas de 17,20 mts. Dichas mejoras han sido fomentadas a las unicas y propias expensas del ciudadano DANNY ROSALINO PERALTA PALOMINO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.-22.642.108.
Conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo los derechos de terceros.
Devuélvanse originales de estas actuaciones al solicitante y déjese en su lugar copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ,

DR. LUIS H. MONCADA GIL
LA SECRETARIA TEMPORAL,

LCDA. NIDELYS PÉREZ SÁNCHEZ
En la misma fecha se dicta y publica la anterior decisión, se deja copia certificada para el Archivo del Tribunal y constancia en el Libro diario.-
LA SECRETARIA TEMPORAL,

LCDA. NIDELYS PÉREZ SÁNCHEZ
/Nidelys
EXP. 6746-2015