REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO

San Cristóbal, 29 de Junio de 2015
205º y 156º

ASUNTO PRINCIPAL : SP21-P-2014-010741
ASUNTO : SP21-P-2014-010741

ACTA DE INHIBICIÓN

Consta en las actuaciones de la causa signada con la nomenclatura de este Tribunal Cuarto en Funciones de Juicio con el No.-SP21-P-2014-10741 seguida a los acusados: LUIS ALBERTO URBINA CAMARGO, LUISANA HERNANDEZ Y YOLVI SILVA, por la presunta comisión del delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO AGRAVADO DE SUSTANCIS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS , previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, seguida por la Fiscalía Décima del Ministerio Público, a cargo de su Fiscal Principal Dra. Nerza Labrador de Sandoval.

Es el caso que, observando que la presente causa es llevada por la mencionada Fiscal del Ministerio Público, y por cuanto existe amistad manifiesta entre ambas, ya que la mencionada Fiscal del Ministerio Público es la madrina de bautizo de mi menor hijo “José Alejandro Álvarez Moreno”, es por lo que se hace necesario y ajustado a derecho INHIBIRME, del conocimiento de la presente causa, tal como lo dispone el artículo 89 numeral 4°, en concordancia con el artículo 90 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.

De conformidad con lo establecido en el artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se acuerda remitir la presente causa a la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, para que procedan a su distribución en otro Tribunal de esta misma competencia y copia certificada de todo lo relacionado con la inhibición propuesta a la Corte de Apelaciones. Líbrense los oficios correspondientes.


ABG. LUZ DARY MORENO ACOSTA
JUEZA CUARTA DE JUICIO