JOSÉ MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. La Grita, 11 de Junio de Dos Mil Quince.-
Quien suscribe, ABG. JOSE ENRIQUE GANDICA GONZALEZ, hace constar que: por cuanto he sido designado Juez Temporal de este Juzgado, ME ABOCO al conocimiento de la presente causa y acuerda proseguirla en el estado en que se encuentra y visto el Convenimiento efectuado en fecha 08-06-2015, por los ciudadanos: BLANCA LUCILA RAMIREZ MONTILVA y LUIS ERNESTO MONCADA GUERRERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Nos V-17.528.848 y V-16.788.944, respectivamente y hábiles, quienes en presencia del ciudadano Juez llegaron al siguiente convenimiento: el ciudadano LUIS ERNESTO MONCADA GUERRERO asume como monto adeudado al dia de hoy la cantidad de ONCE MIL BOLIVARES (11.000,oo Bs.) del mismo modo manifestó que acepta en todos sus términos la solicitud de aumento de Obligación de Manutención por la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (2.000,oo Bs.) mensuales; del mismo modo ofrece pagarla de la siguiente manera: la cantidad de DOS MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (2.200,oo Bs.) cada mes por los siguientes cinco meses, es decir, desde el mes de julio, hasta el mes de noviembre del presente año, hasta cubrir el monto total de la deuda, aunado al deposito mensual por la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2000,oo) por concepto del nuevo monto de la Obligación de Manutención. Este Tribunal, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA LA HOMOLOGACIÓN DEL CONVENIMIENTO, como SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Déjese Copia Certificada de la presente decisión para el Archivo del Tribunal. Cúmplase.
EL JUEZ TEMPORAL
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Abg. JOSE ENRIQUE GANDICA G.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
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ABG. ADAMY KEILA PEREZ NAVA
EXP.- 2266-2014
GLP/víctor
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