TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARÍA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. La Grita, Ocho (08) de Junio del Dos Mil Quince.-
205º y 156º
Visto el acto conciliatorio celebrado en esta misma fecha, por los ciudadanos: Gabriel Gómez Pelayo y Digna Isabel Varela Guerrero, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-26.862.176 y V-17.220.399, respectivamente, domiciliados el Primero en la Finca Llano del Cura, Sector la Mesita, frente al Santuario, Municipio Jáuregui del estado Táchira, y las segunda en el Azul, Aldea Santo Cristo de la Laja, Municipio Seboruco del estado Táchira y civilmente hábiles, en presencia del ciudadano Juez el demandado de autos solicitó el derecho a palabra y expreso sus argumentos: “…El Padre manifestó: yo no estoy de acuerdo con lo solicitado por la madre de mi hija, en dar como obligación de manutención la cantidad de Cuatro mil Bolívares (Bs. 4.000,00) mensuales, yo le que le puedo ofrecer es la cantidad de Dos Mil Quinientos Bolívares (Bs. 2.500,00) mensuales, más el 50% de los gastos médicos y medicinas y en los meses de agosto y diciembre el doble de la cantidad mensual, es decir la cantidad de Cinco Mil bolívares (Bs. 5.000,00) en los referidos meses como gastos de útiles escolares y decembrinos, los cuales serán depositados en una cuenta de Ahorros que sea abierta por el Tribunal en el Banco Bicentenario Banco Universal, a nombre de la madre de mi hija. La ciudadana: Digna Isabel Varela Guerrero, expreso su conformidad con lo expuesto por el padre de su hija…” Este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARÍA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA; Decreta la Homologación del convenimiento efectuado por las partes y acuerda proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el ARTICULO 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes. Líbrese oficio a la oficina del Banco Bicentenario, Banco Universal con el fin de que sea aperturada la cuenta de Ahorros a nombre de la demandante de autos. Se imprimen dos ejemplares de esta decisión del mismo tenor y a un solo efecto para el copiador de sentencias del Tribunal. El Juez,



Abg. José Agustín Pérez Villamizar
El Secretario,

Abg. Pablo Alirio Pastrán Contreras
De conformidad con lo ordenado en el auto anterior se libro oficio Nº 1279-228 al Banco
Bicentenario Banco Universal.
El Secretario.

Abg. Pablo A. Pastran C.
EXP. N° 0136-2015
JAPV/nd.-
Diarizado N°