En horas de despacho del día de hoy, lunes veintinueve (29) de junio de dos mil quince (2015), siendo las nueve horas de la mañana (09:00 a.m.) día y hora fijado en el auto inmediatamente anterior, se trasladó este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio García de Hevia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y se constituyó en un inmueble donde funciona el “ESTACIONAMIENTO MARCONI”, ubicado en la Avenida Aeropuerto, galpón Nº 21-212, La Fría, Municipio García de Hevia del Estado Táchira, lugar que señalo el profesional del derecho ciudadano WILBUR ORVILLE ARELLANO ROJAS, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.281.088, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 165.655, todo con el fin de dar cumplimiento a la Comisión de Medida de Embargo Preventivo conferida por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Expediente Civil N° 19246, sobre un vehículo propiedad de la co-demandada de autos ciudadana NORBELIA NURI DÍAZ ORTIZ, titular de la cédula de identidad Nº V.- 17.496.587. Constituido como se encuentra este Tribunal Segundo de Municipio, el ciudadano Juez Abg. RAFAEL MANUEL NIETO RICAURTE, procedió a notificar de la presencia y objeto del Tribunal a una ciudadana que dijo ser y llamarse MARIA DEL CARMEN ROJAS ACEVEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.327.756, en su carácter de Administradora del Estacionamiento Marconi. En este estado el ciudadano Juez procede a continuar con la práctica de la presente Medida de Embargo Preventivo, en consecuencia, se designa como Perito Avaluador al ciudadano ¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬GUILLERMO ENRIQUE PRATO CABALLERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.321.955, quien estando presente acepto el cargo y presto el Juramento de Ley; igualmente, se designa como Depositaria Judicial Provisional, por cuanto en la zona no existe Depositaria Judicial legalmente constituida a la ciudadana MARIA DEL CARMEN ROJAS ACEVEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.327.756, domiciliada en la Avenida Aeropuerto, galpón Nº 21-212, La Fría, Municipio García de Hevia del Estado Táchira, quien estando presente acepto el cargo y presto el Juramento de Ley. En este estado solicitó el derecho de palabra el profesional del derecho ciudadano WILBUR ORVILLE ARELLANO ROJAS, plenamente identificado en la presente acta y concedido como le fue expuso: “Solicito muy respetuosamente a este digno Tribunal de cumplimiento estricto a la presente comisión conferida por el Juzgado de la causa, en consecuencia, señalo para que sea Embargado Preventivamente el siguiente bien mueble, propiedad de la co-demandada de autos ciudadana NORBELIA NURI DÍAZ ORTIZ, titular de la cédula de identidad Nº V.- 17.496.587, el cual identifico así: un Vehículo el cual presenta las siguientes características: marca FORD, modelo F-150, serial de carrocería AJF1PY10801, serial de motor I 6 CIL, placa A72AC8N, año 1993, color AZUL, clase CAMIONETA, tipo PICK-UP, uso CARGA. La misma es propiedad de la co-demandada según se desprende de Certificado de Registro de Vehículo N° 29748603, de fecha 29 de diciembre de 2010, el cual corre inserto en la presente comisión. Es todo”. Seguidamente el Perito Avaluador designado procedió a rendir su informe de la manera siguiente: “El vehículo aquí señalado presenta 4 cauchos referencia: 31x10.50-R15 en regular estado, con rines cromados con sus respectivas tapas centrales; posee cornetas de sonido una en cada puerta, tablero en regular estado presenta partidura en el arco frente al volante, tapicería en buen estado, pintura en regular estado, presenta múltiples picaduras y ralladuras, latonería en regular estado, vidrios en buen estado, parachoques, luces delanteras y traseras en regular estado, los faros y las micas presentan deterioro normal por las condiciones climáticas, posee dos retrovisores externos en buen estado, antena de radio am/fm, presenta equipo de sonido marca PIONEER DEH-4150SD con su respectivo frontal, batería DUNCAN de 800 AMP serial SB7577073, se observa protector duraliner en la tolva, compuerta trasera en regula estado, presenta abolladura al lado derecho y posee su respectivas platinas completas Ford, posee sus dos placas identificadoras A72AC8N, parachoques en buen estado, parrilla frontal en buen estado, tiene un estribo en la puerta derecha, POSEE TAG O CHIP PARA SURTIR COMBUSTIBLE Nº 0100096017, el mismo se encuentra en buen estado, se desconoce su funcionamiento mecánico, razón por la cual valoro el vehículo aquí señalado y descrito en la cantidad de UN MILLÓN QUINIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 1.500.000,oo); es todo”. Este Tribunal vista la exposición formulada por la parte actora y de conformidad con los artículos 237 y 238 del Código de Procedimiento Civil, dando cumplimiento estricto a la presente comisión conferida por el Juzgado de la causa, procede en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley a DECLARAR FORMALMENTE EMBARGADO DE MANERA PREVENTIVA el bien mueble (vehículo) señalado, descrito y avaluado, el cual es el mismo y coincide en sus datos de identificación con el señalado en el despacho en comisión, DECLARANDO CONSUMADA LA DESPOSESIÓN JURIDICA DEL MISMO DEL PATRIMONIO DE LA CO-DEMANDADO, entregándolo en este acto a la Depositaria Judicial provisional designada, quien declara recibirlo en las condiciones en que se encuentran y conforme a las advertencias de Ley. No siendo otro el objeto del tribunal se le dio lectura a la presente acta y conforme se firma. El Juzgado regreso a su sede natural siendo las diez horas de la mañana (10:00 a.m.).
Abg. Rafael Manuel Nieto.
Juez Ejecutor Titular
Wilbur Orville Arellano Rojas María Del C. Rojas Acevedo
Abogado Actor Notificado-Depositario Judicial Prov.
Guillermo Enrique Prato Caballero
Perito Avaluador
Abg. Michell V. Sánchez León.
Secretaria Temporal
Comisión Nro. 1788-2015.-
Exp. Nro. 19246.-
|