REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio
Maiquetía, treinta (30) de Marzo de 2015
204º y 156º

ASUNTO: WP21-V-2012-000320

PARTE ACTORA: YORMAN ISRAEL RAMÍREZ PALACIOS, de nacionalidad venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N°.18.140.825, debidamente asistido por el abogado RAÚL RONDÓN, en su carácter de Defensor Público Primero (E) en materia de protección de niños, niñas y adolescentes del estado Vargas.
PARTE DEMANDADA: KATHERINE FLORES SANDOVAL, de nacionalidad venezolana y titular de la Cédula de Identidad N° 19.445.449, asistida por la abogada GLEYKA ZAMORA, en su carácter de Defensora Pública Segunda en materia de protección de niños, niñas y adolescentes del estado Vargas.
MOTIVO: CUSTODIA.

Examinadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente, y vistas las diligencias que anteceden suscrita por los ciudadanos YORMAN ISRAEL RAMÍREZ PALACIOS y KATHERINE FLORES SANDOVAL, plenamente identificados en autos, mediante las cuales el primero de los nombrados DESISTE de la presente causa y la segunda acepta y está conforme con el mismo, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio, administrando Justicia y en nombre dela Republica Bolivariana de Venezuela HOMOLOGA el presente DESISTIMIENTO; en los terminos expuestos por las partes conforme a lo previsto en el artículo 263 del Codigo de Procedimiento Civil. Asimismo; se ordena el Cierre y Archivo del presente expediente y su remisión al Archivo Judicial. CUMPLASE.-
Dada, firmada y sellada en la Sala del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, en Maiquetía, a los treinta (30) días del mes marzo del año dos mil quince (2015). Años 204º de la Independencia y 156º de la Federación.
EL JUEZ TITULAR,

ABG. ANGEL PEREZ BARRIENTOS
LA SECRETARIA,
ABG. YIRA CEBALLOS VERA
En esta misma fecha se dictó, publicó y registró la anterior decisión.
LA SECRETARIA,
ABG. YIRA CEBALLOS VERA