TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, veinticinco de marzo de dos mil quince.
204º y 156º
En el presente juicio N° 8310, instaurado por la ciudadana YOLIMAR GELVIZ ARMAS, con cédula de identidad N° 10.165.549, contra ROMER ANTONIO VEGA DAZA, con cédula de identidad N° V-5.328.972, por COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACIÓN; y vista la diligencia de fecha 16 de enero de 2015, suscrita por la demandante de autos, mediante la cual desiste de la demanda, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, por ello solicita se homologue el mismo.
Por las razones expuestas, este Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN, al desistimiento realizado por la demandante YOLIMAR GELVIZ ARMAS, asistida por la abogada BELKYS YOLIMAR CONTRERAS, otorgándole su APROBACIÓN y en consecuencia, se procede como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA; y conforme a lo solicitado se acuerda hacerle entrega a la parte actora, de las originales de las letras de cambio que se encuentran en la caja de seguridad del Tribunal.
Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
El Juez temporal,
Juan José Molina Camacho
La Secretaria,
Zulimar Hernández Méndez
En la misma fecha se dejó copia bajo el N°
Marilú
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