REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, cinco (05) de marzo de dos mil quince (2015)
204º y 156º
ASUNTO: WP12-S-2015-000308
Vista la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y los recaudos consignados como fundamento de la misma, presentada por el ciudadano ELY RAMON CALZADILLA HENRIQUEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro. V-18.140.921, actuando en propio nombre y en representación de los ciudadanos SIMÓN DEL VALLE CALZADILLA, NELIDA VIRGINIA CALZADILLA HENRIQUEZ y ELYOMAR JOSE CALZADILLA HENRIQUEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.899.138, V-15.545.347 y V-19.627.811, respectivamente, asistidos por el abogado ERNESTO JOSÉ LIENDO LIENDO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 186.254, este Tribunal la admite por no ser contraria al orden público y a las buenas costumbres. En consecuencia, se fija el día 06 de Marzo de 2015, en el horario comprendido entre las 8:30 am y las 10:30 am, la oportunidad para la declaración de los testigos. Cúmplase.
LA JUEZA,
DRA. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ.
LA SECRETARIA,
Abg. MARIA ANTONIETA BEROES
SRP/MAB/Jea.