Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
205º y 156º
ASUNTO: SP01-S-2013-000046
PARTE OFERIDA: El ciudadano MARLON NOEL GUERRERO HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° V-14.872.894
APODERADO DE LA PARTE OFERIDA: JACKSON ARENAS, titular de las cédula de identidad Nro.V-15.858.240, con Inpreabogado Nro.115.981
PARTE OFERENTE: La Sociedad Mercantil PASTEURIZADORA TÁCHIRA C.A.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE OFERENTE: MAITE CAROLINA SOTO YAÑEZ, titular de las cédula de identidad Nro.V-9.247.175, con Inpreabogado Nro.38.708
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy, veinticinco (25) de mayo de 2015, siendo las 11 a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen por ante este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, la apoderada de la parte oferente MAITE CAROLINA SOTO YAÑEZ, titular de las cédula de identidad Nro.V-9.247.175, con Inpreabogado Nro.38.708, según se evidencia en poder que se encuentra agregado en los folios 06 al 09 del presente expediente, el oferido MARLON NOEL GUERRERO HERNÁNDEZ, con cédula de identidad N° V-14.872.894, el apoderado de la parte oferida JACKSON ARENAS, titular de las cédula de identidad Nro.V-15.858.240, con Inpreabogado Nro.115.981, tal como consta en poder apud acta de fecha 03 de febrero de 2014, que se encuentra agregado en los folios 146 y 147 del expediente. Concedido como fue el derecho de palabra a cada una de las partes, se logró la siguiente mediación sobre los conceptos ofertados: La parte oferente paga al ciudadano MARLON NOEL GUERRERO HERNÁNDEZ, con cédula de identidad N° V-14.872.894, la cantidad de CINCUENTA Y UN MIL SETECIENTOS SIETE BOLÍVARES CON SIETE CÉNTIMOS (Bs.51.707,07), de la siguiente manera: la cantidad de Bs.27.452,16 que se encuentra depositado en este Tribunal y la suma de Bs.24.254,91 que se entrega en este acto mediante cheque de gerencia Nro.00014609, código cuenta cliente Nro.0104-0033-35-2330031359, de fecha 22 de mayo de 2015, contra el Banco Venezolano de Crédito a nombre del trabajador Marlon Guerrero, correspondientes al fideicomiso por concepto de antigüedad que se expresó en el escrito de solicitud, los cuales son aceptados en este acto por el trabajador, con lo cual no quedará ningún saldo pendiente a favor del Trabajador, por prestaciones sociales ni por ningún otro concepto. En el presente arreglo, las partes manifiestan que quedan en un todo conforme y declaran que nada quedaran a deberse, por concepto de la relación laboral, ni por ningún otro concepto derivado de ella. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Este Tribunal visto que la parte oferida manifiesta su voluntad de recibir el monto ofertado ordena oficiar a la Oficina de Control de Consignaciones a fin de que se haga entrega de la cantidad ofertada en el expediente Nro. SP01-S-2013-000046 al ciudadano MARLON NOEL GUERRERO HERNÁNDEZ, con cédula de identidad N° V-14.872.894. En este acto se hace entrega de las pruebas presentadas por las partes en la audiencia preliminar de la siguiente manera: 1) La parte oferente escrito de prueba constante de un (01) folio útil y 08 anexos, y, 2) La parte demandada no presentó pruebas.
LA JUEZ
BEATRIZ GONZALEZ GIRALDO LA SECRETARIA
Los Presentes,
PARTE OFERIDA: APODERADA DE LA PARTE OFERENTE:
MARLON NOEL GUERRERO HERNÁNDEZ MAITE CAROLINA SOTO YAÑEZ
APODERADO DE LA PARTE OFERIDA:
JACKSON ARENAS
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