REPÚBLICA BOLIVARIANA VENEZUELA. TRIBUNAL DE MUNICIPIOS ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS, GUÁSIMOS Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Táriba, Once (11) de Mayo de 2015.-
205° y 156°

Por recibido el Oficio Nro. 026/2015 de fecha 27 de abril de 2015, procedente de la DEFENSORÍA EDUCATIVA DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DEL MUNICIPIO GUÁSIMOS DEL ESTADO TÁCHIRA, junto con ACTA DE CONCILIACIÓN EN MATERIA DE OBLIGACIÓN MANUTENCIÓN junto con recaudos anexos, de conformidad con el artículo 315 de la LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE. Désele entrada en el Libro de Causas Civiles. Notifíquese a la Fiscalía Especializada del Ministerio Público y HOMOLÓGUESE EL CONVENIMIENTO.
En consecuencia visto el ACUERDO CONCILIATORIO en materia de OBLIGACIÓN de MANUTENCIÓN, realizada por ante la DEFENSORÍA antes mencionada, entre los ciudadanos CRISTIAN ANTONIO PARRA MORENO y MARITZA ELIANA SABALA ARTAHONA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-18.879.356 y V.-20.121.430 y padres de los niños Parra Sabala. Este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS, GUÁSIMOS Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en un todo acuerdo con el artículo 375 de la LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE, le imparte a la conciliación suscrita entre las partes, la HOMOLOGACIÓN correspondiente, por lo cual se tendrá con FUERZA EJECUTORIA. CÚMPLASE. Remítase con oficio copia certificada de la presente homologación a la citada Defensoría. Déjese copia certificada para el archivo del Tribunal y constancia en el Libro Diario. Cúmplase.
El Juez, (Fdo.) Dr. Luis H. Moncada Gil (Lugar del sello húmedo) El Secretario, (Fdo) Lcdo. Francisco Ramírez. Quien suscribe Secretario Temporal del Tribunal de los Municipios Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, CERTIFICA: La exactitud de la presente copia por ser traslado fiel y exacto de su ORIGINAL, copiada textualmente y a un mismo tenor de la Homologación Impartida ante la DEFENSORÍA DEL NIÑO, NINA Y ADOLESCENTE DEL MUNICIPIO GUÁSIMOS-PALMIRA DEL ESTADO TÁCHIRA la cual cursa por ante este despacho bajo el Nro. 8421-2015.- Táriba, Once (11) de Mayo de 2015.-
EL SECRETARIO TEMPORAL,

LCDO. FRANCISCO RAMÍREZ
/Nidelys











EL JUEZ,

DR. LUIS H. MONCADA GIL

EL SECRETARIO TEMPORAL,

LCDO. FRANCISCO RAMÍREZ

En la misma fecha se le da entrada bajo el Nro. 8421-2015 del Libro de Causas Civiles, se certificó copia para el archivo del Tribunal y se libró boleta de notificación a la Fiscalía y copia certificada a la Defensoría con oficio Nro. .
EL SECRETARIO TEMPORAL,

LCDO. FRANCISCO RAMÍREZ


/Nidelys