REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución Secc. Adolescentes del Estado Vargas
Macuto, 19 de Mayo 2015
205º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL WP01-D-2014-000139
AUTO DECLARANDO CON LUGAR REVISION DE SANCION
Este Tribunal de Ejecución el día de hoy 19/05/2015 efectuó Audiencia de REVISION DE SANCIONES en la causa seguida al joven IDENTIDAD OMITIDA, nacido en el 25/11/1996 actualmente de 18 años de edad, revisado el Informe evolutivo y escuchado a la Delegada del Centro de Orientación y la argumentación de las partes, siendo tiempo suficiente para realizar Revisión de Sanciones de conformidad al artículo 647 literal e) conforme a la LOPNNA y en la que se declaró Modificar el régimen de presentaciones dentro de las Reglas de Conducta, pasa de seguida esta Decisora a fundamentar esta decisión conforme al artículo 157 del COPP por remisión del artículo 537 de la Ley penal especial.
Del expediente se puede evidenciar que en data 20/10/2014 se publicó Sentencia por el Tribunal Primero de Control de esta misma Sección Penal de Adolescentes aplicando procedimiento de admisión de hechos declaró penalmente al joven IDENTIDAD OMITIDA por el delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR Y EXTORSION y se le dispuso que cumpliera las sanciones de: Reglas de Conducta y Libertad Asistida por Un (1) Año, se le impuso ejecución de estas sanciones el 18/11/2014 con presentaciones a cada 15 días, posteriormente para el día de hoy 19/05/2015 se realiza primera revisión siendo consignado el informe en esta misma fecha el cual detalla “asiste cabalmente cada 15 días atento a las orientaciones impartidas, se mantiene inserto en el área laboral como moto taxista corroborándose esa labor, tiene apoyo familiar se le ha abordado para que continué estudios y ha participado poco en talleres, en conclusión muestra interés por el cumplimiento respeto y atención a las orientaciones dadas...”
En esta Audiencia de Revisión, la Delegada además detalló que es un muchacho bien tranquilo y trabajador. La Defensora Pública consideró que ha cumplido solo lo exhortó a continuar sus estudios para su crecimiento personal y pide se extienda sus presentaciones, por su parte la Fiscalía considera que debe continuar cumpliendo que retome estudios y no se opone a la Revisión de sanción en la extensión de presentaciones.
Siendo esto así, escuchado a todos los intervinientes en esta Audiencia de Revisión de sanción de IDENTIDAD OMITIDA, esta Decisora analizado el informe evolutivo, observa que es un muchacho tranquilo siempre trabajando acompañado de su señora madre que no ha tenido más quejas de él del trabajo a su casa y bien orientado, cumpliendo con sus presentaciones cada 15 días, se denota muy respetuoso, en consecuencia considera esta Juzgadora que es ajustado a derecho DECLARAR CON LUGAR la REVISION DE SANCIONES y en consecuencia MODIFICA el Régimen de sus Presentaciones extendiéndosela a cada TREINTA (30) DIAS y continuar con las demás obligaciones hasta finalizar el 18/11/2015 . Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
En base a los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA REVISION DE SANCIONES, al joven IDENTIDAD OMITIDA, y en consecuencia MODIFICA el régimen de sus Presentaciones extendiéndosele a cada Treinta (30) días, y continuar con las demás obligaciones hasta culminar el 18/11/2015. Revisión conforme a los artículos 646 y 647 de la LOPNNA
Diarícese y se autoriza copia certificada de esta Decisión. Todos los intervinientes quedaron notificados de esta decisión en Audiencia.
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION
DRA. ANA CELIA PEREZ RUDMAN
SECRETARIA DE EJECUCION
Abg. MARVIC VELASQUEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en este escrito.
SECRETARIA DE EJECUCION
Abg. MARVIC VELASQUEZ