REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A.


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución Secc. Adolescentes del Estado Vargas
Macuto, 27 de Mayo 2015
205º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL WP01-D-2013-000198

CESACION DE SANCION por TOTAL CUMPLIMIENTO
Recibido en este Despacho Judicial Informe del Centro de Formación Socio Educativo del Estado Vargas, referente al joven IDENTIDAD OMITIDA, nacido el 11/01/1998 actualmente de 17 años de edad, donde refieren en ese escrito que el joven dio cumplimiento a su medida y solicitan su cese. En consecuencia y de conformidad con los artículos 645 y 647 literal h) de la LOPNNA pasa de seguida esta Decisora a revisar su causa y de ser procedente se Decretará Cesación de Sanciones por total cumplimiento de conformidad con esta Ley Penal especial:
Revisado el expediente en única pieza se evidencia que en fecha 22/01/2014 fue dictado Sentencia Definitiva por el Tribunal Segundo de Control de esta misma Sección Penal de Adolescentes quien aplicando el procedimiento de admisión de hechos declaró responsable penalmente a IDENTIDAD OMITIDA por los delitos de ROBO EN LA MODALIAD DE ARREBATON, POSESION ILICITA DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTE Y PSICOTROPICA Y PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA y se le ordenó cumplir LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de UN (1) AÑO y se logra imponer de la ejecución de esta Sentencia el 01/04/2014 con presentaciones cada 8 días.
En la fase de ejecución le realizaron su plan individual a corto y mediano plazo, consignó constancia de estudios de Computación, se fija Revisión de sanción para el 16/09/2014, se difiere para octubre y Noviembre no viene y se realiza el 02/12/2014 declarándosele con lugar por buena evolución consignó constancia de estudios actualizada de 9no semestre de Educación Básica en Río Chico y siempre con apoyo familiar, se le extendió presentaciones a cada 30 días, posteriormente llega informe de Cesación consignado el 22/05/2015 detallando “… Edgardo cumplió con sus presentaciones, es receptivo a las orientaciones impartidas , reside en Río Chico, estado Miranda con familiares, su progenitor le da contención y afecto, sigue estudiando 8vo grado, ha participado en pocas actividades del Centro, la, Orientadora observa que el término de su cumplimiento ya transcurrió y solicita su Cese...”.
Siendo todo esto así, esta Decisora considera que el joven IDENTIDAD OMITIDA cumplió con la Ejecución de la sanción dispuesta de Libertad Asistida por 1 Año desde Abril 2014 con buena evolución manteniéndose estudiando y con apoyo familiar para alejarlo de malas influencias, por todo ello considera esta Juzgadora que para este joven y el tiempo transcurrido ha concientizado el daño causado por lo que se logró el objetivo primordial de esta Ley penal Especial de orientarlo integralmente y en la búsqueda de una adecuada convivencia familiar y social. Por consiguiente es procedente y ajustado a derecho DECRETAR CESACION DE SANCION por total cumplimiento al prenombrado efebo y consecuencialmente se acuerda su LIBERTAD PLENA por este expediente, todo de conformidad con los artículos 645 y 646 literal h) de la LOPNNA. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamiento antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCION DE ADOLECENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: CESACION DE SANCION por total cumplimiento al IDENTIDAD OMITIDA, por haber terminado Libertad Asistida por UN (1) AÑO con buena evolución, en consecuencia se acuerda su LIBERTAD PLENA por esta causa, todo conforme a los artículos 645 y 647 literal h) de la LOPNNA.
Regístrese y déjese copia de esta Decisión. Notifíquese a las Partes, al joven en referencia y al Centro de Formación Socio Educativo. Cúmplase.
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION
DRA. ANA CELIA PEREZ RUDMAN

SECRETARIA DE EJECUCION
Abg. MARVIC VELASQUEZ

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en este escrito.

SECRETARIA DE EJECUCION

Abg. MARVIC VELASQUEZ