REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución Secc. Adolescentes del Estado Vargas
Macuto, 05 de Mayo 2015
205º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL WP01-D-2008-000187
CESACION DE SANCION por TOTAL CUMPLIMIENTO
Recibido en este Despacho Judicial Informe del Centro de Formación Socio Educativo del Estado Vargas, referente al joven IDENTIDAD OMITIDA, nacido el 14/03/1991 actualmente de 24 años de edad, donde refieren en ese escrito que el joven dio cumplimiento a su medida y solicitan su cese. En consecuencia y de conformidad con los artículos 645 y 647 literal h) de la LOPNNA pasa de seguida esta Decisora a revisar su causa y de ser procedente se Decretará Cesación de Sanción por total cumplimiento de conformidad con esta Ley Penal especial:
Revisado el expediente de seis piezas, se puede evidenciar que en fecha 03/02/2014 fue publicado Sentencia Definitiva por el Tribunal Accidental Nº 52 de Juicio de esta misma Sección Penal de Adolescentes en contra de este joven IDENTIDAD OMITIDA quien admitió hechos en apertura por el delito de HMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOCIA POR MOTIVOS FUTILES EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO y se le dispuso que cumpliera la sanción de LIBERTAD ASISTIDA POR UN (1) AÑO, se impuso de esta de esta Sentencia el 08/04/2014 presentando constancia de estudios y de residencia en Araya por lo que se le concedió presentaciones cada 2 meses, le elaboraron Plan Individual a corto y mediano placo, se le efectuó primera revisión de la sanción el 22/10/2014 declarándolo Con lugar y por estar nuevamente residiendo en Vargas desde hace 4 meses trabajando y estudiando se le concedió el beneficio de extender presentaciones a cada 30 días
Posteriormente es consignado el 28/04/2015 Informe para Cesar detallando lo siguiente: “...que cumplió con sus presentaciones cada 30 días, siempre con buena conducta y colaborador, ha estado laborando de manera informal como embalador en el Aeropuerto Internacional de Maiquetía, y actualmente está realizando curso en el Instituto Técnico Luisa Cáceres de Arismendi como escolar anexando constancia, indican que el termino de la medida ya trascurrió y piden su Cese...”
Siendo todo esto así, esta Decisora considera que el joven IDENTIDAD OMITIDA cumplió con la Ejecución de la sanción dispuesta de Libertad Asistida por 1 Año y del informe del Centro de Orientación refieren que sus asistencias las efectuó con respeto y colaboración, siempre ha estado laborando y estudiando actualmente en curso de escolta pendiente de culminar su medida y también se observa que ya es bien adulto 24 años de edad donde la finalidad de esta Ley para este muchacho ya se cumplió, por lo que considera esta Juzgadora que con ello y el tiempo transcurrido ha concientizado el daño causado por lo que se logró el objetivo primordial de esta Ley penal Especial de orientarlo integralmente y en la búsqueda de una adecuada convivencia familiar y social. Por consiguiente es procedente y ajustado a derecho DECRETAR CESACION DE SANCION por total cumplimiento al prenombrado efebo y consecuencialmente se acuerda su LIBERTAD PLENA por este expediente, todo de conformidad con los artículos 645 y 646 literal h) de la LOPNNA. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamiento antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCION DE ADOLECENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: CESACION DE SANCION por total cumplimiento al joven IDENTIDAD OMITIDA, por haber cumplido Libertad Asistida por Un (1) Año, en consecuencia se acuerda su LIBERTAD PLENA por este expediente, todo conforme a los artículos 645 y 647 literal h) de la LOPNNA.
Regístrese y déjese copia de esta Decisión. Notifíquese a las Partes, al joven sancionado y al Centro de Formación y se acuerda copia simple de esta Decisión a la Defensa Privada. Cúmplase
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION
DRA. ANA CELIA PEREZ RUDMAN ECRETARIA DE EJECUCION
Abg. MARVIC VELASQUEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en este escrito.
SECRETARIA DE EJECUCION
Abg. MARVIC VELASQUEZ