ASUNTO : SP21-S-2013-008410

RESOLUCION N°.-80-2015

MANDATO DE CONDUCCION


Los abogados NUBIA YANET MORENO Y EDUARDO JOSE DIAZ codefensores del ciudadano: LEIFER ALEXANDER CONTRERAS GAMEZ, de nacionalidad venezolana, natural de Capacho, de 21 años de edad, con cédula de identidad Nº V-20.999.816, nacido en fecha [...], soltero, profesión u oficio estudiante, actualmente recluido en el Centro Penitenciario de Occidente N° 2 del estado Táchira, a quien se le sigue juicio, por la presunta comisión del delito de: ABUSO SEXUAL A NIÑO Y A NIÑA, previsto y sancionado en el articulo 259 de la ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en perjuicio de los niños G.A.B.R de 09 años Y D.J B. R de 08 años, (CUYA IDENTIDAD SE OMITE DE CONFORMIDAD AL PARÁGRAFO SEGUNDO DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA), y el abogado ALEJANDRO AVILA, en su condición de fiscal vigésimo segundo del Ministerio Público, en la audiencia de continuación del juicio oral y reservado celebrada en fecha 13 de mayo de 2015, plantearon como incidencia de conformidad a lo previsto en el numeral 4 del articulo 109 de la Ley Orgánica Especial, se libre mandato de conducción atendiendo al contenido del articulo 340 del Código Orgánico Procesal Penal.

DE LA INCIDENCIA PLANTEADA POR LAS PARTES.

Los abogados NUBIA JANET MORENO RUIZ Y EDUARDO JOSE DIAZ, en su condición de defensores técnicos del ciudadano: LEIFER ALEXANDER CONTRERAS GAMEZ, así como el abogado ALEJANDRO AVILA, fiscal vigésimo segundo del Ministerio Público, de conformidad a lo estipulado en el numeral 4 del artículo 109 de la Ley Rectora de esta materia especial, plantearon formal incidencia, en los términos siguientes:
FISCALIA: “solicito se ratifique el mandato de conducción en relación a la ciudadana YOLIMAR BUSTAMANTE RODRIGUEZ, de conformidad con lo establecido en el articulo 340 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo”.
DEFENSA: “De igual forma solicitamos que se ratifique el mandato de conducción, así mismo ciudadana Jueza le informamos que nuestro defendido fue trasladado en el día de ayer para ser atendido en el centro hospitalario pero no fue visto por cuanto se celebraba el día de la enfermera por ello solicito que sea trasladado nuevamente, es todo”.

FUNDAMENTOS DEL TRIBUNAL PARA DECIDIR

De la revisión que se hiciere a las actas, efectivamente se pudo determinar que la ciudadana YOLIMAR BUSTAMANTE RODRIGUEZ forma parte del acervo probatorio que se esta debatiendo en el juicio que se iniciara en fecha 18 de noviembre de 2014, en contra del ciudadano LEIFER ALEXANDER CONTRERAS GAMEZ.

Riela a los folios veintisiete (27) y veintiocho (28) del expediente, resultas positivas de las boletas de notificación de fecha 01 de diciembre de 2014, recibidas por la ciudadana MARISOL RODRIGUEZ madre de las ciudadanas YOLIMAR BUSTAMANTE RODRIGUEZ Y ADELMAR BUSTAMANTE RODRIGUEZ y de los niños victimas, en fecha 05 de diciembre de 2014, para la audiencia de continuación del juicio fijado para el día 15 de diciembre de 2014, de igual forma a la ciudadana YOLIMAR BUSTAMANTE RODRIGUEZ se le ha hecho nueva notificación y no ha comparecido voluntariamente al Tribunal ni ha justificado su inasistencia, tal y como consta en la resulta de la boleta de fecha 29 de abril de 2015, que fuera recibida por su hermana ADELMAR BUSTAMANTE RODRIGUEZ que riela al folio dos (02) de la pieza III del expediente, en razón de ello, a los fines de garantizar la celeridad procesal y la continuidad del proceso, se ACUERDA la petición efectuada por la defensa técnica y el representante del Ministerio Público, y obrando en los términos que reza el articulo 340 del Código Orgánico Procesal Penal, que en su contenido establece:

“Artículo 340. Cuando el experto o experta, o testigo oportunamente citado o citada no haya comparecido, el Juez o Jueza ordenará que sea conducido, por medio de la fuerza pública, y solicitará a quien lo propuso que colabore con la diligencia…”

Se comisiona a la Dirección General del Instituto Autónomo de Policía del estado Táchira, a través del Centro de Coordinación Policial La Fría del Municipio García de Hevia, para que trasladen por la fuerza y con el respeto y consideración de sus derechos humanos fundamentales, a la ciudadana YOLIMAR BUSTAMANTE RODRIGUEZ, quien puede ser ubicada en la siguiente dirección: CALLE PRINCIPAL DEL BARRIO El PARAISO, CERCA DE LA CANCHA, LA FRIA MUNICIPIO GARCIA DE HEVIA, ESTADO TACHIRA, para la sede de este Tribunal de Juicio Especializado, el día miércoles 20 de mayo de 2015 a las nueve (09.30am) para que se le pueda tomar testimonio de los hechos que fueron investigados por la fiscalía vigésima segunda del Ministerio Público. ASI SE DECIDE-

DISPOSITIVA

POR LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS PREVIAMENTE, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER, DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la petición efectuada por el representante del Ministerio Público y los abogados defensores del acusado: LEIFER ALEXANDER CONTRERAS GAMEZ, de nacionalidad venezolana, natural de Capacho, de 21 años de edad, con cédula de identidad Nº V-20.999.816, nacido en fecha [...} soltero, profesión u oficio estudiante, actualmente recluido en el Centro Penitenciario de Occidente N° 2 del estado Táchira, a quien se le sigue juicio, por la presunta comisión del delito de: ABUSO SEXUAL A NIÑO Y A NIÑA, previsto y sancionado en el articulo 259 de la ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en perjuicio de los niños G.A.B.R de 09 años Y D.J B. R de 08 años, (CUYA IDENTIDAD SE OMITE DE CONFORMIDAD AL PARÁGRAFO SEGUNDO DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA), y en razón de ello, SE COMISIONA a la Dirección General del Instituto Autónomo de Policía del estado Táchira, a través del Centro de Coordinación Policial para que trasladen por la fuerza y con el respeto y consideración de sus derechos humanos fundamentales, a las ciudadanas YOLIMAR BUSTAMANTE y ADELMAR BUSTAMANTE, quienes pueden ser ubicadas en la siguiente dirección: Barrio 5 de Julio, al lado de la bodega del señor HENRRY, Capacho Municipio Libertad, teléfono 0416-0471513, para la sede de este Tribunal de Juicio Especializado, el día miércoles 18 de marzo de 2015 a las nueve (09:00am) horas de la mañana. De conformidad a lo estipulado en el articulo 340 del Código Adjetivo Penal. SEGUNDO: se ordena notificar a las partes de la presente decisión, como punto previo en la audiencia de juicio fijada para el día 18 de marzo de 2015 ASI SE DECIDE. CUMPLASE-OFICIESE-REGISTRESE Y PUBLIQUESE.-
LA JUEZA DEL TRIBUNAL DE JUICIO

DRA. ROSARIO DEL VALLE CHACON
LA SECRETARIA,

ABG. LAURA CONTRERAS.