REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JAUREGUI, ANTONIO ROMULO COSTA, SEBORUCO, JOSE MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. La Grita, 21 de Mayo de 2015.-
204º y 156º
Visto el Contenido de la diligencia suscrita en fecha 20-05-2015 por los abogados ELISA QUIÑONES y LUIS ANTONIO MORENO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos V-5.810.062 y V-9.128.866, inscritos en el inpreabogado bajo los Nos 40.679 y 56.104, mediante la cual exponen: que la ciudadana MARY YELITZA SALAS SANCHEZ, cancelo íntegramente la suma demandada y desisten de la presente acción. En consecuencia este tribunal acuerda: PRIMERO: Homologar el presente Desistimiento como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada de conformidad con lo establecido en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: Anótese en el libro respectivo la presente decisión y déjese copia de la misma para el archivo del tribunal. TERCERO: se acuerda hacer entrega del instrumento cambiario motivo de la presente a la parte interesada. CUARTO: se ordena el archivo de la presente causa. Cúmplase.-
EL JUEZ,
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ABG. GEORGE LASTRA POZO.-
EL SECRETARIO
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Abg. JOSE ENRIQUE GANDICA G.
En la misma fecha se hizo lo acordado.
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SECRETARIO
EXP. N° 2379-2015
GLP/Victor.-
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