REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GARCÍA DE HEVIA.

En horas de despacho del día de hoy martes veintiséis (26) de mayo de dos mil quince (2015), siendo las nueve horas de la mañana (09:00 a.m.), conforme al auto inmediatamente anterior, se trasladó este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio García de Hevia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, conformado por el Juez Segundo de Municipio Abg. RAFAEL MANUEL NIETO RICAURTE y la Secretaria del Tribunal Abg. TRINEIMA YERINNE PADILLA CONTRERAS, y se constituyó en el Estacionamiento del Centro Comercial Don Erasmo, Urbanización Los Jabillos, al frente de la sede de este Juzgado, La Fría, Municipio García de Hevia del Estado Táchira lugar señalado por el ciudadano ALEXIS ISIDRO SÁNCHEZ USECHE, titular de la cédula de identidad número V.- 20.368.160, debidamente asistido para este acto por el Abogado en Ejercicio MAC FLAVIER ARELLANO CHACON, titular de la cédula de identidad número V.- 4.473.683, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.853, quien actúa con el carácter de solicitante de la presente causa, todo con el fin de dar cumplimiento a la Solicitud N° 0166-2015, nomenclatura de este Tribunal, la cual versa sobre un vehículo el cual presenta las siguientes características: Marca FIAT, Modelo 146 UNO C.S.5, Serial de Carrocería ZFA146BS3J0274805, Serial de Motor 2649898, Placa SAX17J, Año 1988, Color GRIS, Clase AUTOMOVIL, Tipo COUPE, Uso PARTICULAR, según se desprende de Certificado de Registro de Vehículo N° 22823878, de fecha 5-enero-2004, a nombre de ALEXIS ISIDRO SUAREZ USECHE, V09350355. Constituido como se encuentra este Tribunal, el Juez procedió a notificar de la misión a cumplir a la ciudadana YUDEISY ANDREINA OCHOA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.- 17.861.682, en su carácter de Experta de la División de Vehículos del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, al cual se le procedió a designar como Perito Experto en Vehículos y quien estando presente aceptó el cargo y presto el juramento de Ley. En este estado, solicitó el derecho de palabra el ciudadano ALEXIS ISIDRO SÁNCHEZ USECHE, debidamente asistido para este acto por el Abogado en Ejercicio MAC FLAVIER ARELLANO CHACON supra identificados, y concedido que le fue expuso: “Solicito al ciudadano Juez se sirva dar cumplimiento a la presente Solicitud de Inspección Judicial, en consecuencia, proceda a dejar constancia de los particulares solicitados. Es todo”. Vista la precedente exposición, se acuerda en conformidad, en consecuencia, se procede a dejar constancia de los particulares solicitados en el escrito de Inspección Judicial, asistido debidamente este Tribunal por la funcionaria del C.I.C.P.C. YUDEISY ANDREINA OCHOA, supra identificada. AL PRIMER PARTICULAR: Se deja constancia de que se verifico por ante el sistema de información policial SIPOL y no presenta ninguna solicitud por ante este Cuerpo Policial. AL SEGUNDO PARTICULAR: en referencia a este punto es de señalar que el certificado en cuestión fue enviado a C.I.C.P.C. La Fría, se está a la espera de las resultas correspondientes. AL TERCER PARTICULAR: se deja constancia que el referido vehículo se encuentra en las siguientes condiciones: pintura y latonería en regular estado, tapicería en muy regular estado, presenta color gris, el mismo señalado en el Certificado de Registro de Vehículo, posee las dos placas identificadoras (SAX17J), posee dos retrovisores externos, luces en regular estado, vidrios en buen estado, posee parrilla delantera en regular estado, parachoques delantero en regular estado, cauchos en regular estado. AL CUARTO, QUINTO, SEXTO Y SEPTIMO PARTICULAR: El Tribunal deja expresa constancia que el vehículo presentado para ser objeto de la presente inspección presenta los siguientes seriales de identificación: 1.- la placa identificadora del serial de carrocería ubicada en el Marco Frontal, se encuentra DESPROVISTA. 2.- el serial de carrocería, ubicado en la torrente del amortiguador, se encuentra ORIGINAL. Cabe destacar que presenta reparaciones de latonería en uno de sus extremos lo cual no involucra el serial. 3.- presenta serial de motor ORIGINAL. AL OCTAVO PARTICULAR: No se presentó particular alguno. No siendo otro el objeto de este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio García de Hevia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, declara cumplida la presente Inspección Judicial y acuerda regresar a su sede siendo las nueve y treinta horas de la mañana (09:30 a.m.). Terminó, se leyó y conformes firman.

El Juez de Municipio
Abg. RAFAEL M. NIETO R.



El Solicitante Abogado Asistente
ALEXIS ISIDRO SANCHEZ USECHE MAC FLAVIER ARELLANO CH.




Experta en Vehículos C.I.C.P.C.
YUDEISY ANDREINA OCHOA




La Secretaria
Abg. TRINEIMA Y. PADILLA C.
Sol. N° 0166-2015.-