REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LAS PARROQUIAS CARAYACA Y EL JUNKO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.- CARAYACA, DIECIOCHO (18) DE MAYO DEL AÑO DOS MIL QUINCE (2015).-
205° y 156°

Vista la diligencia que antecede suscrita por la solicitante, ciudadana ADA GONNELLA DE MASINI, titular de la Cédula de Identidad Nº E-81.366.280, asistida por el Abogado ELOY ZANCUDO GRILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 29.485, mediante la cual, a los fines de dar por terminada la solicitud, desistió del procedimiento y solicitó las copias simples del expediente, este Tribunal al no tener objeción al respecto da por terminado el presente asunto y ordena expedir las copias simples solicitadas. En consecuencia, archívese el expediente. Cúmplase.-
LA JUEZA TITULAR,

ABG. LUCIA MASSIMO. S.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

ABG. NOHEMI DE LOS ANGELES SOSAG.
En esta misma fecha, se le dio cumplimiento a lo antes ordenado.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

ABG. NOHEMI DE LOS ANGELES SOSA G.


Expediente Nº 742-11.
LMS/Nsg.-