REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución Secc. Adolescentes del Estado Vargas
Macuto, 24 de Noviembre 2015
205º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL WP01-D-2013-000031

AUTO DECLARANDO CON LUGAR REVISION DE SANCIONES CON CESACION PARCIAL
Este Tribunal de Ejecución en el día de hoy 24/11/2015 se efectuó Audiencia de REVISION DE SANCIONES en la causa seguida al joven IDENTIDAD OMITIDA, nacido el 11/06/1996 actualmente de 19 años de edad, revisado el Informe evolutivo y escuchado a la Delegada del Centro de Orientación y la argumentación de las partes, se realiza Revisión de Sanciones de conformidad al artículo 647 literal e) conforme a la LOPNNA y se declaró Modificar el régimen de presentaciones dentro de las Reglas de Conducta además que cumplió todo el Servicio Comunitario y se puede Cesar, pasa de seguida esta Decisora a fundamentar esta decisión conforme al artículo 157 del COPP.
Revisado la causa se evidencia que en fecha 09/12/2013 fue publicado Sentencia Definitiva por la Corte de Apelación del Estado Vargas confirmando parcialmente la Decisión del Tribunal Primero de Juicio de esta misma Sección Penal de Adolescentes que en Debate encontró responsable penalmente a IDENTIDAD OMITIDA, conjuntamente con otros 2 muchachos del delito de ROBO AGRAVADO FRUSTRADO y se les dispuso que cumpliera LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTA POR DOS (2) AÑOS y SERVICIO A LA COMUNIDAD POR 6 MESES con la obligación principal de presentarse cada 15 días, se impuso la Sentencia a este joven el 21/05/2014, se le realizó plan individual a corto, mediano y largo plazo, se le efectúa una audiencia por Incumplimiento en Mayo 2015 porque revocaron a su Defensor Privado, la orientadora informó que el joven no dio inicio a su medida sino hasta Marzo del 2015 cuanto lo retomó y aun cuando no justificó en esta Audiencia su incumplimiento refirió que fue por trabajar en panadería y solo libraba los domingos y además estaba acompañado de sus padres, por lo que se le dio nueva oportunidad continuando con sus presentaciones cada 15 días, tomándose en cuenta que dio inicio a su medida 21/03/2015 incluyendo el Servicio Comunitario, se le efectúa primera Revisión el día de hoy 24/11/2015 destacándose del informe: “…IDENTIDAD OMITIDA, ha dado cumplimiento cabal a sus presentaciones, ha asistido a la mayoría de las actividades programadas y es participativo, labora con su papá a destajo actividades de plomearía y albañilería, es bachiller pero no ha dado inicio a estudios superiores y se encuentra a la espera del curso de barbería, actualmente asiste a la charla de valores y orientación a la conducta...”
En esta Audiencia de Revisión, la Delegada además detalló que el joven está muy bien en este semestre salvo que no ha retomado estudios a pesar de la orientaciones dadas solo le hizo un llamado a los padres por no ser sinceros en cuanto a no informar sobre otro procedimiento que tiene para hacer el abordaje correcto y en cuanto al Servicio Comunitario informó que se puede dar por concluido porque ha asistido a todas las actividades del Centro y ha sido muy participativo. La Defensora Pública consideró que ha cumplido bien en este semestre y pide se le extienda sus presentaciones, por su parte la Fiscalía no se opone a la extensión de presentaciones, que retome sus estudios y siga con lo demás cumpliendo como hasta ahora.
Así las cosas, escuchado a todos los intervinientes en esta Audiencia de Revisión de sanción de IDENTIDAD OMITIDA, esta Decisora analizado el informe evolutivo observa que su semestre fue bien satisfactorio en comparación con el anterior manteniéndose trabajando con su padre asistiendo siempre al Centro además de las actividades y la única observación es que concrete para iniciar estudios superiores y se le hizo un llamado de atención a los padres de ser más realistas con el proceso por el bien de la concientización y reinserción de su hijo a la sociedad y dio cumplimiento al Servicio Comunitario, tomándose en cuenta que el inicio del cumplimiento de la Sanción es 21/03/2015, en consecuencia considera esta Juzgadora que es ajustado a derecho DECLARA CON LUGAR la REVISION DE SANCIONES y en consecuencia: PRIMERO SE CESA la sanción de SERVICIO COMUNITARIO que cumplió por SEIS (6) MESES y SEGUNDO: MODIFICA una de las Reglas de Conducta sobre Presentaciones extendiéndole a cada TREINTA (30) DIAS debiendo continuar con las demás obligaciones hasta su culminación el 21/03/2017. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
En base a los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA REVISION DE SANCIONES al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, y en consecuencia: PRIMERO SE CESA la sanción DE SERVICIO COMUNITARIO que cumplió por SEIS (6) MESES y SEGUNDO: MODIFICA una de las Reglas de Conducta sobre Presentaciones extendiéndole a cada TREINTA (30) DIAS, debiendo continuar con las demás obligaciones, todo esto hasta el 21/03/2017, todo esto conforme a los artículos 646 y 647 de la LOPNNA
Diarícese y se autoriza copia certificada de esta Decisión. Todos quedaron notificados de esta decisión en Audiencia.
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION
DRA. ANA CELIA PEREZ RUDMAN

SECRETARIA DE EJECUCION

Abg. DANIELA RODRIGUEZ

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en este escrito.

SECRETARIA DE EJECUCION

Abg. DANIELA RODRIGUEZ