REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA
DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, Dos (02) de octubre de dos mil quince (2015)
205º y 156º
ASUNTO: WP11-L-2014-000245
PARTE DEMANDANTE: ROSA ELIZABETH FERNANDEZ LONGA, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° 11.635.783,
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACCIONANTE: GLORIA MARINA GÓMEZ Y VILMA MARGARITA PALACIOS BERROTERAN, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos 12.289 Y 164.755 respectivamente,
PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD MERCANTIL SSAI 2021 C.A.
APODERADA JUDICIAL DE LA ACCIONADA ROSANT AIME ROIDRIGUEZ PERDOMO abogada inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 11.458
MOTIVO: ACCIDENTE DE TRABAJO
En el día hábil de hoy, tres (03) de noviembre mil quince (2015), siendo las nueve de la mañana (09:00), oportunidad pautada para llevar a cabo la prolongación de la audiencia preliminar en el presente proceso, se deja constancia de la comparecencia de la ciudadana
ROSA ELIZABETH FERNANDEZ LONGA, parte actora representada por las Profesionales del derecho GLORIA MARINA GÓMEZ Y VILMA MARGARITA PALACIOS BERROTERAN, en representación la ciudadana ROSA ELIZABETH FERNANDEZ LONGA, parte actora por una parte y por la otra en representación de la accionada la profesional del derecho ROSANT AIME ROIDRIGUEZ PERDOMO, Todos identificados anteriormente. Dándose así inicio a dicho acto, en este estado la Ciudadana ROSA ELIZABETH FERNANDEZ LONGA, debidamente representada manifiesta al Tribunal su deseo de desistir del presente procedimiento COMO EN EFECTO LO HIZO, reservándose el derecho para volver a demandar. En este estado encontrándose presente la representación Judicial de la parte accionada acepta el desistimiento en los términos planteados, en tal sentido el Tribunal una vez oído los alegatos de la partes y explicado las consecuencias del desistimiento a las mismas HOMOLOGA el Desistimiento en los términos planteados y otorga efecto de cosa juzgada, en consecuencia entrega las pruebas consignadas por las partes al inicio de la Audiencia Preliminar, se da por terminado el presente procedimiento y ordena el cierre del expediente y su remisión al Archivo Judicial
LA JUEZ
Dra. GIOCONDA CACIQUE
ABOGADAS APODERADAS PARTE ACTORA
APODERADA JUDICIAL
PARTE DEMAMDADA
LA SECRETARIA,
Abg. MARIANA GONZÁLEZ
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