JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, doce (12) de noviembre de dos mil quince.

AÑOS: 205° y 156°

Vista la transacción celebrada en fecha seis (06) de noviembre de 2015, entre el demandante, abogado en ejercicio BALDASSARE ALESANDRO PIAZZA ORTIZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-9.240.213, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 110.756, actuando en defensa de sus propios derechos, y por la parte demandada, el ciudadano JOSÉ RAMON MARTÍNEZ RINCÓN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V- 5.023.222, asistido por el abogado en ejercicio JOSÉ YAMIL PRADA SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-8.106.754, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 53.018; observando esta operadora de justicia que dicho acto no es contrario a derecho, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, a impartirle la HOMOLOGACION DE LEY, acordando proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Cúmplase con lo ordenado. Déjese copia certificada de este auto para el archivo del Tribunal.


ANA LOLA SIERRA
JUEZ TEMPORAL

ANAMILENA ROSALES ZAMBRANO
SECRETARIA ACCIDENTAL


En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión quedando registrada bajo el N° 4922, siendo las diez y treinta minutos de la mañana (10:30 a.m), se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.

ANAMILENA ROSALES ZAMBRANO
SECRETARIA ACCIDENTAL









Expediente N° 13.936-15.
G/H.