TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Independencia, 20 de noviembre de 2015.
205º y 156º
Por recibido Oficio s/n, procedente de la Fiscalía Decimocuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, constante de un (1) folio útil y anexos en cinco (5) folios útiles; donde se encuentra original del acta de la fijación de la Obligación de Manutención de fecha 17/11/2015, suscrita por los ciudadanos: ENZA VICENZA GIMINIANI DE CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.848.952, domiciliada en la calle 8 con carrera 4, casa N° 3.72, Sector San Pedro, Independencia, Municipio Capacho Nuevo del Estado Táchira; y EMILIO ROBERTO CONTRERAS CASIQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.497.427, con domicilio en la carrera 10, con calle 13, casa N° 12-64, Barrio Antonio José de Sucre, Independencia, Municipio Capacho Nuevo del Estado Táchira. En consecuencia se admite cuanto ha lugar en derecho, el procedimiento de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, ante este Despacho, fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y sígase el curso de Ley correspondiente. Por cuanto el acuerdo allí contenido no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, le imparte su HOMOLOGACION dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese a los prenombrados ciudadanos, del presente auto. Igualmente notifíquese al Fiscal XIV del Ministerio Público con competencia para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Líbrense boletas.
LA JUEZA TEMPORAL,

ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
LA SECRETARIA,

ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES
En esta misma fecha se le dio entrada bajo el Nº 2797/2015, se notificó al Fiscal del Ministerio Público competente. Se publicó siendo las 11:00 a.m., del día veintiuno (21) de octubre de dos mil quince, quedando registrada bajo el Nº 258.


Abg. Maurima Molina / Secretaria

BYVM/lcm.