REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Municipio Ordinario Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas
Maiquetía, veintitrés (23) de noviembre de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO : WP12-S-2015-001427
SOLICITANTE: ARIADNA LINA MENDOZA SANCHEZ

MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, interpuesta por la ciudadana ARIADNA LINA MENDOZA SANCHEZ, mediante la cual solicitó se le declare a ella y a sus hermanos, ciudadanos MARICELA DEL VALLE MENDOZA DE SANCHEZ, PEDRO ABRAHAN MENDOZA SANCHEZ, VENTURA ISRAEL MENDOZA SANCHEZ, JESUS RAMON MENDOZA SANCHEZ, YSQUEL GRISELA MENDOZA DE ARTEAGA y LUIS RAFAEL MENDOZA SANCHEZ, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, respecto de la de cujus: PETRA GRACIELA SANCHEZ DE MENDOZA, quien falleció en fecha 05/07/2015, y quien en vida fuera titular de la cédula de identidad número V-3.367.856. Asimismo, vistas las probanzas aportadas y analizadas, se evidencia que cursa a los autos los siguientes documentos: Copia certificada del Actas de Defunción de los ciudadanos PETRA GRACIELA SANCHEZ DE MENDOZA y VENTURA RAFAEL MENDOZA ANDARCIA, Copias fotostáticas de las cédulas de identidad de la causante y de sus herederos, Datos Filiatorios del ciudadano LUIS RAFAEL MENDOZA SANCHEZ, Copias fotostaticas de las Actas de Nacimiento de los ciudadanos MARICELA DEL VALLE MENDOZA DE SANCHEZ, PEDRO ABRAHAN MENDOZA SANCHEZ, VENTURA ISRAEL MENDOZA SANCHEZ, JESUS RAMON MENDOZA SANCHEZ E YSQUEL GRISELA MENDOZA DE ARTEAGA, cuyos contenidos se adminiculan a las declaraciones de los testigos presentados por el mencionado ciudadano, quienes fueron contestes al afirmar que conocen a los mismos y les consta el fallecimiento del causante y su filiación con los herederos como hijos. Examinadas las pruebas, se demuestra correspondencia con los hechos alegados por la parte solicitante, motivo por el cual este Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los ciudadanos; ARIADNA LINA MENDOZA SANCHEZ, MARICELA DEL VALLE MENDOZA DE SANCHEZ, PEDRO ABRAHAN MENDOZA SANCHEZ, VENTURA ISRAEL MENDOZA SANCHEZ, JESUS RAMON MENDOZA SANCHEZ, YSQUEL GRISELA MENDOZA DE ARTEAGA y LUIS RAFAEL MENDOZA SANCHEZ, por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos; ARIADNA LINA MENDOZA SANCHEZ, MARICELA DEL VALLE MENDOZA DE SANCHEZ, PEDRO ABRAHAN MENDOZA SANCHEZ, VENTURA ISRAEL MENDOZA SANCHEZ, JESUS RAMON MENDOZA SANCHEZ, YSQUEL GRISELA MENDOZA DE ARTEAGA y LUIS RAFAEL MENDOZA SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédula de identidad números V-6.486.071, V-4.121.883, V-4.118.447, V-5.093.909, V-5.093.910, V-6.471.778 y V-4.118.448, respectivamente, con respecto de la de cujus: PETRA GRACIELA SANCHEZ DE MENDOZA, quien falleció en fecha 05/07/2015, y en vida fuera titular de la cédula de identidad número V-3.367.856, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte interesada. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los veintitrés (23) días del mes de noviembre del año dos mil quince (2015). AÑOS. 205° de la Independencia y 156º de la Federación.
EL JUEZ,

Dr. PEDRO LUIS FERMIN
LA SECRETARIA,
Abg. DENICE PINTO
En la misma fecha siendo las 02:35pm, se publicó y registro la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA,

Abg. DENICE PINTO

PLF/DP/dioni.-