REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas
Maiquetía, cuatro (04) de noviembre de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO : WP12-S-2015-001341
Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, interpuesta por la ciudadana DELIA DEL VALLE TOLEDO DE BLANCO, mediante la cual solicitó se le declare a ella y a los ciudadanos OSCAR RAFAEL BLANCO TOLEDO, WILLIAN EMILIO BLANCO TOLEDO, BELKIS JOSEFINA BLANCO DE SALAVERRIA, MAGUIR ALEXANDER BLANCO TOLEDO, SCARLETT BRIYITTE BLANCO TOLEDO y JOSE GREGORIO BLANCO TOLEDO, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, respecto del de cujus: OSCAR EMILIO BLANCO PEÑA, quien falleció en fecha 30/11/2014, y quien en vida fuera titular de la cédula de identidad número V-1.451.843. Asimismo, vistas las probanzas aportadas y analizadas, se evidencia que cursa a los autos los siguientes documentos: Copia certificada del Acta de Defunción del ciudadano OSCAR EMILIO BLANCO PEÑA, Copia certificada del Acta de matrimonio contraído entre la solicitante y el de Cujus OSCAR EMILIO BLANCO PEÑA, Datos Filiatorios de los ciudadanos OSCAR RAFAEL BLANCO TOLEDO y JOSE GREGORIO BLANCO TOLEDO, Copias certificadas de las Actas de Nacimiento de los ciudadanos WILLIAM EMILIO BLANCO TOLEDO, BELKIS JOSEFINA BLANCO TOLEDO, MAGUIR ALEXANDER BLANCO TOLEDO y SCARLETT BRIYITTE BLANCO TOLEDO, y copias fotostáticas del cedulas de identidad del finado y de sus herederos, cuyos contenidos se adminiculan a las declaraciones de los testigos presentados por la mencionada ciudadana, quienes fueron contestes al afirmar que conocen a los mismos y les consta el fallecimiento del causante y su filiación con los herederos como esposa e hijos. Examinadas las pruebas, se demuestra correspondencia con los hechos alegados por la parte solicitante, motivo por el cual este Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los ciudadanos; DELIA DEL VALLE TOLEDO DE BLANCO, OSCAR RAFAEL BLANCO TOLEDO, WILLIAN EMILIO BLANCO TOLEDO, BELKIS JOSEFINA BLANCO DE SALAVERRIA, MAGUIR ALEXANDER BLANCO TOLEDO, SCARLETT BRIYITTE BLANCO TOLEDO y JOSE GREGORIO BLANCO TOLEDO, por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos; DELIA DEL VALLE TOLEDO DE BLANCO, OSCAR RAFAEL BLANCO TOLEDO, WILLIAN EMILIO BLANCO TOLEDO, BELKIS JOSEFINA BLANCO DE SALAVERRIA, MAGUIR ALEXANDER BLANCO TOLEDO, SCARLETT BRIYITTE BLANCO TOLEDO y JOSE GREGORIO BLANCO TOLEDO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédula de identidad números V-6.478.434, V-6.484.925, V-7.990.901, V-10.575.793, V-12.163.859, V-17.154.156 y V-10.575.792, respectivamente, con respecto del de cujus: OSCAR EMILIO BLANCO PEÑA, quien falleció en fecha 30 de Noviembre de 2015, y en vida fuera titular de la cédula de identidad número V-1.1451.843, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte interesada. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los cuatro (04) días del mes de noviembre del año dos mil quince (2015).
AÑOS. 205° de la Independencia y 156º de la Federación.
EL JUEZ,
Dr. PEDRO LUIS FERMIN
LA SECRETARIA,
Abg. DENICE PINTO
En la misma fecha siendo las 02:44pm, se publicó y registro la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA,
Abg. DENICE PINTO
PLF/DP/dioni.-
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