REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, once (11) de Noviembre de dos mil quince (2015)
205º y 156º

ASUNTO: WP12-S-2015-001557
SOLICITANTE: CARLOS JOSÉ RODRÍGUEZ LÓPEZ
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.

Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, interpuesta por la el ciudadano CARLOS JOSÉ RODRÍGUEZ LÓPEZ, titular de la cedula de identidad Nro. V-5.091.477, mediante la cual solicitó se le declare a él y a los ciudadanos RUBEN DARIO RODRÍGUEZ LÓPEZ, TONNY ENRIQUE RODRÍGUEZ LÓPEZ, RAQUEL AMANDA RODRÍGUEZ LÓPEZ, VICTOR EVARISTO RODRÍGUEZ LÓPEZ, MAIRA DEL CARMEN RODRÍGUEZ LÓPEZ, RUBEN ALONSO RODRÍGUEZ LÓPEZ, HENRRY ANTONIO RODRÍGUEZ LOPÉZ, YELITZA MARÍA RODRÍGUEZ LÓPEZ, ULISES GUSTAVO RODRÍGUEZ LÓPEZ,NACARY DEL VALLE RODRÍGUEZ LÓPEZ, JESÚS RENE RODRÍGUEZ LÓPEZ, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, respecto del de cujus: VICTOR JOSÉ RODRÍGUEZ, quien falleció en fecha 31 de Diciembre de 2005 y quien en vida fuese titular de la cédula de identidad N° V-1.854.652. Asimismo, vistas las probanzas aportadas y analizadas se evidencia el fallecimiento del causante y su filiación con el solicitante como hijo y demás herederos, antes mencionados, cuyo contenido se adminicula a las declaraciones de los testigos presentados por el mencionado ciudadano, quienes fueron contestes al afirmar que conocen al mismo y les consta el fallecimiento del causante y su filiación con la peticionante. Examinadas las pruebas, se demuestra correspondencia con los hechos alegados por la parte solicitante, motivo por el cual éste Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los ciudadanos antes mencionado, como heredero del causante VICTOR JOSÉ RPDRÍGUEZ, por lo que, nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS los ciudadanos CARLOS JOSÉ RODRÍGUEZ LÓPEZ, RUBEN DARIO RODRÍGUEZ LÓPEZ, TONNY ENRIQUE RODRÍGUEZ LÓPEZ, RAQUEL AMANDA RODRÍGUEZ LÓPEZ, VICTOR EVARISTO RODRÍGUEZ LÓPEZ, MAIRA DEL CARMEN RODRÍGUEZ LÓPEZ, RUBEN ALONSO RODRÍGUEZ LÓPEZ, HENRRY ANTONIO RODRÍGUEZ LOPÉZ, YELITZA MARÍA RODRÍGUEZ LÓPEZ, ULISES GUSTAVO RODRÍGUEZ LÓPEZ,NACARY DEL VALLE RODRÍGUEZ LÓPEZ, JESÚS RENE RODRÍGUEZ LÓPEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.091.477, V-25.073.582, V-5.097.509, V-5.571.867, V-5.571.953, V-6.467.058, V-6.483.409, V-8.176.774, V-8.176.772, V-10.575.784, V-12.570.702, V-4.475.349, respectivamente, con respecto del de cujus: VICTOR JOSÉ RODRÍGUEZ, quien falleció en fecha 31 de Diciembre de 2005 y quien en vida era titular de la cédula de identidad N°V-1.854.652, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión el copiador de sentencias llevado por éste Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los once (11) días del mes de Noviembre del año dos mil quince (2015). AÑOS. 205° de la Independencia y 156º de la Federación.
LA JUEZ,

DRA. MERLY VILLARROEL.
LA SECRETARIA,

ABG. ZAYDA MIRANDA.
En la misma fecha siendo las 3:15 p.m., se publicó y registro la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA,

ABG. ZAYDA MIRANDA

MV/ZM/JFGV