REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. SAN CRISTÓBAL, SEIS DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE (06/11/2015). AÑOS 205º DE LA INDEPENDENCIA Y 156º DE LA FEDERACIÓN.

Vista la solicitud de Justificativo para Perpetua Memoria, presentado en fecha 03/11/2015, por la abogada Abiana Andreina Pérez Vanegas, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.974.806, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 83.098, en su carácter de Defensora Pública Primera con competencia en materia Agraria del estado Táchira, asistiendo a la ciudadana Paula Edilia Duran Gómez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.740.677, domiciliada en la Finca “Mi Fortuna”, sector La Victoria, Parroquia Bramón, Municipio Junín del estado Táchira. En consecuencia, se acuerda darle entrada, signarle número de solicitud y hacer las anotaciones en los libros correspondientes. Por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho y se acuerda oficiosamente practicar Inspección Judicial sobre un lote de terreno denominado Finca “Mi Fortuna”, sector La Victoria, Parroquia Bramón, Municipio Junín del estado Táchira, constante de una superficie de Dos Mil Setecientos Un Metro Cuadrados (2701 Mts2), para el vigésimo (20°) día de despacho siguiente al de hoy, a las nueve (09:00) horas de la mañana. Asimismo, previo al traslado esta Instancia Agraria, solicitará al Comandante del Puesto de la Guardia Nacional Bolivariana del Municipio Junín del estado Táchira, a los fines de solicitar el apoyo de seguridad con dos (02) funcionarios, al Coordinador de la Oficina Regional de Tierras del Estado Táchira y al Jefe de la Unidad de Desarrollo Rural adscrito a la Unidad Estadal del Ministerio para el Poder Popular de la Agricultura y Tierras para la designación de un práctico que preste sus conocimientos técnicos correspondientes al caso planteado. En cuanto a las testimoniales, se fija para el tercer (3°) día de despacho siguiente al de hoy, para que tenga lugar la declaración testimonial de los ciudadanos Rufo Antonio Joya Manrique, Pedro Antonio Medina Ruiz y Luis Vera Chinchilla, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.283.834, V-2.147.881 y V-10.190.188, respectivamente, a las 9:00, 9:30 y 10:00 de la mañana, en su orden. Cúmplase.

La Jueza Provisoria,

Xiomara Méndez Ramírez. La Secretaria,
Carmen Rosa Sierra M.