REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución Secc. Adolescentes del Estado Vargas
Macuto, 01 de Octubre 2015
205º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL WP01-D-2014-000154

AUTO DECLARANDO CON LUGAR REVISION DE SANCIONES
Este Tribunal de Ejecución en el día de hoy 01/10/2015 se efectuó Audiencia de REVISION DE SANCIONES en la causa seguida al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, nacido el 07/04/1999 actualmente de 16 años de edad, revisado el Informe evolutivo y escuchado a la Delegada del Centro de Orientación y la argumentación de las partes, se realiza Revisión de Sanciones de conformidad al artículo 647 literal e) conforme a la LOPNNA y se declaró Modificar el régimen de presentaciones dentro de las Reglas de Conducta, pasa de seguida esta Decisora a fundamentar esta decisión conforme al artículo 157 del COPP.
Revisado la causa, se puede evidenciar que en fecha 25/07/2014 fue publicado Sentencia Definitiva por el Tribunal Primero de Juicio de esta misma Sección Penal de Adolescentes en contra de IDENTIDAD OMITIDA quien admitió los hechos en apertura de Juicio y quedo condenado por el delito de HOMICIDIO CALIFIADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES EN EJECUCION DE UN ROBO AGRAVADO COMO COMPLICE NO NECESARIO y se le dispuso que cumpliera LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDCUTA por DOS (2) AÑOS conjuntamente con SERVICIO A LA COMUNIDAD por 6 MESES, se logró la imposición el 24/09/2014 con presentaciones cada 8 días, se le realizó plan individual a corto, mediano y largo plazo, Se le realizó primera Revisión el 17/03/2015 declarándose con lugar por muy buena evolución inclusive con Cesación por el Servicio Comunitario ya cumplido y se le extendió presentaciones a cada 15 días, se fija otra Revisión para hoy recibiendo informe los primeros días de Septiembre detallando: “…IDENTIDAD OMITIDA ha mantenido una conducta muy favorable, ha participado en las actividades implementadas en el centro, asiste cada 15 días, seguirá incorporado a sus estudios, trabaja a destajo y practica deporte en su comunidad...”
En esta Audiencia de Revisión, la Delegada además detalló que el joven es tranquilo que tiene su pareja embarazada de 8 meses y su prioridad ahorita es trabajar y ha reflexionado sobre lo acontecido. El Defensor Público consideró que ha tenido evolucionado y deja a criterio del Tribunal para extender sus presentaciones, por su parte la Fiscalía considera que ha estado bien este semestre y no se opone a la extensión de presentaciones.
Así las cosas, escuchado a todos los intervinientes en esta Audiencia de Revisión de sanción de IDENTIDAD OMITIDA esta Decisora analizado el informe evolutivo observa que su semestre fue satisfactorio manteniéndose trabajando en remodelaciones de albañilería busca trabajo por su cuenta estar pendiente de su pareja embarazada, se evidencia un muchacho tranquilo y ha participado siempre en las actividades del Centro inclusive culmino con éxito el Servicio Comunitario, en consecuencia considera esta Juzgadora que es ajustado a derecho DECLARAR CON LUGAR la REVISION DE SANCIONES en este semestre y en consecuencia MODIFICA el Régimen de sus Presentaciones extendiéndosela a cada TREINTA (30) DIAS y continuar con las demás obligaciones debiendo culminar el 24/09/2016 o antes si la evolución es bien favorable. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
En base a los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA REVISION DE SANCIONES, al joven IDENTIDAD OMITIDA por buena evolución y en consecuencia MODIFICA el régimen de sus Presentaciones extendiéndosele a cada Treinta (30) días, y continuar con las demás obligaciones debiendo culminar el 24/09/2016 o antes si la evolución es bien favorable, Revisión conforme a los artículos 646 y 647 de la LOPNNA
Diarícese y se autoriza copia certificada de esta Decisión. Todos los intervinientes quedaron notificados de esta decisión en Audiencia.
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION
DRA. ANA CELIA PEREZ RUDMAN

SECRETARIA DE EJECUCION

Abg. DANIELA RODRIGUEZ

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en este escrito.

SECRETARIA DE EJECUCION
Abg. DANIELA RODRIGUEZ