REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución Secc. Adolescentes del Estado Vargas
Macuto, 14 de Octubre 2015
205º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL WP01-D-2013-000118
CESACION DE SANCIONES POR TOTAL CUMPLIMIENTO PREVIA REVISION
Este Tribunal de Ejecución en el día de hoy 14/10/2015 se efectuó Audiencia de REVISION DE SANCIONES EN LIBERTAD CON CESACION en la causa seguida al joven IDENTIDAD OMITIDA, nacido el 20/10/1995 actualmente de 19 años de edad y escuchada de vida voz del Delegado del Centro Socio Educativo informando sobre el cumplimiento de las medidas impuestas visto informe concerniente, estando fijada Revisión de Sanciones de conformidad al artículo 647 literal e) conforme a la LOPNNA y por cuanto ha cumplido favorablemente con todas las sanciones y faltándole poco para concluir las mismas se ordenó su Cesación en Audiencia con la consecuente Libertad Plena, por lo que de seguida esta Decisora pasa a fundamentar esta decisión conforme al artículo 157 del COPP por remisión del artículo 537 de la Ley penal especial.
Del expediente se puede evidenciar en la primera pieza al folio 167 Auto de acumulación de causas de fecha 10/09/2013 por dos (2) Sentencias, donde se decidió que el joven IDENTIDAD OMITIDA debía cumplir LIBERTAD ASISTIDA POR DOS (2) AÑOS sucesivamente REGLAS DE CONDUCTA POR DOS (2) AÑOS y simultáneamente SERVICIO COMUNIGTARIO por SEIS (6) MESES y se impuso esta acumulación el 19/09/2013 con presentaciones cada 8 días.
En fase de Ejecución le elaboración su plan individual a corto, mediano y largo plazo en abril 20154 se hace la primera Revisión y se le declara con lugar extendiendo presentaciones a cada15 días, posteriormente se le se le efectúa segunda Revisión de Sanciones otorgándola Con lugar y Cesación parcial por el Servicio Comunitario y se le modifica el Régimen de presentaciones a cada 30 días estando residiendo en Caracas y ya para Abril 2015 se le realiza otra Revisión declarándola con lugar también consignando constancia y se le extendió presentaciones a cada 60 días por buena evolución indicándole inclusive que de salir bien favorable en el próximo Semestre podría otorgársele la Cesación, por consiguiente quedó fijada para el día de hoy cuarta Revisión consignado en esta fecha 14/10/2015 Informe evolutivo que detalla“...IDENTIDAD OMITIDA asiste cada 60 días reside en Caracas con su pareja y un niño de 2 años, siempre ha cumplido cabalmente desde el inicio de la medida, respetoso, puntual con apoyo familiar, estudiando aunque lo detuvo por un tiempo por un problema que se vio envuelto y trabaja a destajo en albañilería y exponen que se pudiera Cesar... Por su parte la Defensa Pública considera que ha cumplido con todo lo encomendado con responsabilidad inclusive termino hace tiempo el Servicio Comunitario y aun cuando le falta pide al Tribunal la posibilidad de Cesarlo por total cumplimiento. La Fiscalía no se opone al Cese ha dado fiel cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal.
Siendo esto así, esta Decisora escuchado a todos los intervinientes en esta Audiencia y analizado el Informe evolutivo tanto las primeras revisiones como el referido a esta Audiencia, observa que IDENTIDAD OMITIDA ha tenido siempre buenos informes, cumpliendo con sus presentaciones en todo momento respetuoso y atento a las orientaciones impartidas, que tiene pareja y un niño vive solo en Caracas y su madre siempre la ha brindado apoyo en todo este proceso penal, se mantiene trabajando a destajo y está bien interesado en seguir sus estudios y siendo que ya pasaron 2 años en cumplimiento de Sentencias acumuladas y si bien es cierto le falta cumplir otro lapso, considera esta Decisora que con el tiempo trascurrido el joven ha concientizado el daño causado por los delitos cometidos, y aun cuando falta un tiempo para completar el termino dispuesto de sus medidas, considera esta Juzgadora DECLARAR CON LUGAR la REVISION DE SANCION por haberlas cumplido todas, observándose que el fin último de la LOPNNA para este joven se logró, por lo que se exonera del tiempo que le faltaba por culminar alcanzándose el objetivo primordial de esta Ley Especial de formarlo integralmente y en la búsqueda de una adecuada convivencia familiar y social, en consecuencia es procedente y ajustado a derecho DECRETAR CESACION DE TODAS LAS SANCIONES por total cumplimiento y adicionalmente se acuerda su LIBERTAD PLENA por este expediente, todo de conformidad con los artículos 645 y 646 literal h) de la LOPNNA. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamiento antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCION DE ADOLECENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: Revisión de Sanciones con CESACION POR TOTAL CUMPLIMIENTO al joven IDENTIDAD OMITIDA, con informes bien favorables con todo lo encomendado de Libertad Asistida y Reglas de Conducta por más de 2 años, lográndose el fin último de la LOPNNA concientizándolo y formándolo integralmente en la búsqueda de una adecuada convivencia familiar y social, en consecuencia es procedente acordar su LIBERTAD PLENA por este expediente, todo conforme a los artículos 645 y 647 literal h) de esta Ley especial.
Regístrese y déjese copia de esta Decisión. Los intervinientes quedaron notificados en la Audiencia respectiva. Cúmplase.
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION
DRA. ANA CELIA PEREZ RUDMAN
SECRETARIA DE EJECUCION
Abg. DANIELA RODRIGUEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en este escrito.
SECRETARIA DE EJECUCION
Abg. DANIELA RODRIGUEZ