Revisadas como han sido las actas procesales en el presente asunto, se evidencia que en fecha 15 de octubre del año 2015, este Tribunal publicó auto mediante el cual se acuerda realizar experticia complementaria a los fines de actualizar los montos adeudados ordenándose oficiar al Banco Central de Venezuela. Al respecto, se verifica de las actas del proceso, que en fecha 13 de agosto de 2015, el Sindico Procurador Municipal en representación de la parte condenada, efectuó el pago de la suma de Doscientos Sesenta Mil Cincuenta y Nueve Bolívares con Sesenta y Un Céntimos (Bs.260.059,61), a favor del demandante. Así mismo la experticia complementaria del fallo, la cual se encuentra firme, expresó como suma total condenada la cantidad de Doscientos Sesenta Mil Cincuenta y Nueve Bolívares con Sesenta y Un Céntimos (Bs 260.059,61), más los intereses de mora, corrección monetaria por antigüedad y corrección monetarias sobre otros conceptos, por la cantidad de Seiscientos Doce Mil Ciento Treinta y Dos Bolívares con Veintiún Céntimos (Bs.612.132,21). Ahora bien, ya que la parte accionada pagó la base de la sentencia en fecha 13 de agosto de 2015, montante en la cantidad de Doscientos Sesenta Mil Cincuenta y Nueve Bolívares con Sesenta y Un Céntimos (Bs 260.059,61), restando la suma de Seis Cientos Doce Mil Ciento Treinta y Dos Bolívares con Veintiún Céntimos (Bs.612.132,21), y toda vez que no ha transcurrido el tiempo suficiente para realizar una actualización de la experticia, tomando en consideración que el tribunal estuvo sin despacho por causas no imputables a las partes, desde el 14 de abril de 2015 hasta el 31 de julio de 2015, lo cual no es computable para los efectos de la actualización de los montos, en consecuencia, por lo antes señalado, este juzgado revoca por contario imperio el auto dictado en fecha 15 de octubre del año 2015, conforme a lo previsto en el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil, por aplicación analógica del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZ,
ABG. LUISA BERMUDEZ MAYA
LA SECRETARIA
ABG. MARBELYS BASTARDO.