JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO AYACUCHO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. SAN JUAN DE COLON, QUINCE (15) DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.-


205º Y 156º

EXPEDIENTE Nº 107-2.015

Visto el anterior Convenimiento suscrito entre los ciudadanos Noelia marina Aldana Rondon venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-15.353.739, parte Solicitante y el ciudadano José Adrian Chacon G. , Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-14.903.471, parte obligada en la presente causa, corriente al folio (10-11), todo a favor del Niño a favor de su hijo (a), Niño (a) y/o Adolescente (Se omite su nombre, conforme a la sentencia con carácter vinculante dictada en el expediente 13-0318, de fecha 12 Noviembre del 2.013, por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia), por cuanto el mismo no es contrario a derecho este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO AYACUCHO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY LE IMPARTE SU HOMOLOGACION DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE. Acordando proceder como sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada. En consecuencia se ordena oficiar al Banco Bicentenario Banco Universal C.A, a los fines de que se aperture la respectiva cuenta de Ahorros a nombre de la ciudadana NOHELIA MARINA ALDANA RONDON , venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-15.353.739, a favor de su hijo (a), Niño (a) y/o Adolescente (Se omite su nombre, conforme a la sentencia con carácter vinculante dictada en el expediente 13-0318, de fecha 12 Noviembre del 2.013, por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia), así mismo se acuerda notificar al Fiscal Especializado del presente convenimiento. Cúmplase.-

JUEZ PROVISORIA

ABG. SAIDA YAMILKA PRADA CHACON
SECRETARIO

WILLIAM FROILAN ZAMBRANO Z.