REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
San Cristóbal, treinta de septiembre del año dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO: SP01-S-2014-000024
INDICACIÓN DE LAS PARTES:

PARTE OFERIDA: JOEL LEARY PEÑUELA TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 3.009.004.
PARTE OFERENTE: CERCAS AMÉRICAS DE LOS ANDES C. A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: EUGENIO ENRIQUE GRANADOS MUÑOZ, inscrito en el InpreAbogado bajo el N° 159.906.
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO.

De la revisión efectuada a la presente causa se evidencia que las últimas actuaciones realizadas son propias del Tribunal, sin que la parte interesada impulsara el proceso, desde 16 de Julio de 2013, mediante la cual la Oficina de Control de Consignaciones mediante oficio N° OCC-098-2014 informo que el banco no pudo aperturar la cuenta de ahorros, por cuanto la información suministrada no corresponde al oferido JOEL LEARY PEÑUELA TORRES, este Tribunal con vista a lo expuesto en el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, que establecen:
Ahora bien, como quiera que de autos se desprende que en el presente juicio, desde el día 16 de julio de 2012, la parte oferida no ha dado impulso procesal al mismo, por lo cual y hasta la presente fecha ha transcurrido holgadamente el lapso establecido en los artículos antes señalados, este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la PERENCIÓN de la instancia y extinguida la presente causa por OFERTA REAL DE PAGO, intentada por la Empresa CERCAS AMÉRICA DE LOS ANDES C.A., a favor del ciudadano JOEL LEARY PEÑUELA TORRES, titular de la cédula de identidad N° V.- 3.009.004.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la Ciudad de San Cristóbal, a los treinta (30) días del mes de septiembre de dos mil quince (2015).
La Jueza,


Abg. Ana Mercedes Mora Rivas El Secretario,