REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES.
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
204° y 155°
En horas de despacho del día de hoy, miércoles 16 de Septiembre de 2015, siendo las 10:00 de la mañana, oportunidad fijada para celebrar el Acto Conciliatorio, el Juez titular, declaró abierto el acto previas las formalidades de Ley encontrándose presente los representantes judiciales de la parte actora, Abogados William Armando Molina y Rigoberto Amaya Chacón. titulares de la cedula de identidad Nos. V-10.154.599 y V-10.145.458 e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 197.699 y 171.539. Se encuentra igualmente presente la parte demandada, ciudadano Wilmer Rodriguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nos. V-18.720.846, debidamente asistido en este acto por el Abogado Jorge Jaimes, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-15.989.915 e inscrito en el Inpreabogado bajo los Nos. 122.806. Seguidamente toma el derecho de palabra la parte demandada ciudadano Wilmer Rodriguez, asistido por el Abogado Jorge Jaimes, y expone: Convengo en la demanda en todas y cada una de sus partes y a fin de dar cumplimiento a lo demandado, ofrezco en este acto a la parte demandante entregar una Tablet Genesis GT-7301 Android 4.2 RAM 512 MB DD4GB 7”, color Blanco más estuche inteligente y protector de pantalla color blanco, comprometiéndome a entregar en el transcurso del día de hoy a la representación de la parte demandante, la factura correspondiente así como la garantía por operatividad por seis meses. Seguidamente los Abogados William Armando Molina y Rigoberto Amaya Chacón exponen: Aceptamos el ofrecimiento realizado por la parte demandada, y manifestamos recibir en este acto el equipo suficientemente descrito. Ambas partes manifiestan que cada una se compromete a cubrir los honorarios profesionales de sus Abogados y solicitan que el presente Convenimiento sea homologado y se le de el carácter de Sentencia pasada con autoridad de Cosa Juzgada, igualmente solicitamos el desglose de la factura y de las condiciones de garantía, que corren a los folios 15 y 16. Es todo. En este estado el ciudadano Juez, da por terminado el acto, siendo las 11:00 de la mañana. Terminó, se leyó y firman. Abg. FELIX ANTONIO MATOSJUEZ TITULAR vABOGADOS WILLIAM ARMANDO MOLINA Y RIGOBERTO AMAYA CHACÓN APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDANTE WILMER RODRIGUEZ DEMANDADO Abogado JORGE JAIMESABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DAMANDADA ABOGADO CARMEN B. MORENO PEREZ SECRETARIA