REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 21 de Abril de 2016
206º y 157º
ASUNTO: WH21-X-2014-000034
OFICIO Nº:
CIUDADANA:
DIRECTORA DE LA ENTIDAD DE ATENCION
“PADRE LUCIANO”.
Presente.-
Me dirijo a Usted en la oportunidad de participarle que este Tribunal a mi cargo, mediante auto dictado en esta misma fecha, en el asunto de Medida de Protección a favor de la niña de siete (07) años de edad, ha acordado oficiarle a fin de informarle que se ordenó el INGRESO de la prenombrada adolescente, conforme a lo previsto en el artículo 126 literal “i” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tanto, deberán suministrar a este Tribunal los informes evolutivos de conformidad con lo establecido en el artículo 184 literal d) ejusdem.
Remisión que se hace a los fines legales consiguientes.
DIRECCION: Urbanización Las Tunitas, Qta Padre Luciano.
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZA
Abg. MERCEDES VARGAS VILLALOBOS
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
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