REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetia, 25 de Abril de 2016
206º y 157º
ASUNTO: WP21-J-2016-000233
OFICIO N°:310-2016
CIUDADANO:
DIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS DEL INSTITUTO DE OFICIALES DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL EN SITUACIÓN DE RETIRO (IORFAN)
PRESENTE.-
Tengo a bien dirigirme a usted en la oportunidad de hacer de su conocimiento que este Tribunal a mi cargo, actuando en la solicitud de CARGA FAMILIAR a favor de los niños de ocho (08) y tres (03) años de edad, nacidos el 18-07-07 y 29-09-12, debidamente asistidos por la Defensa Publica, por auto dictado en esta misma fecha y de conformidad con el artículo 8 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA), principio de la doctrina de protección integral y el INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO, ha acordado oficiarle a los fines de que verifique la posibilidad de que los niños sean incluidos como CARGA FAMILIAR del ciudadano RONALD SEGUNDO GUZMAN BLANCO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-6.346.062, en todos los beneficios laborales, tales como Seguro de HCM, Becas, útiles Escolares, Uniformes, Plan Vacacional, Juguetes Navideños entre otros, que correspondan a la prenombrada ciudadana.
Remisión que se hace a los fines legales consiguientes.
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ
Abg. Mercedes Vargas Villalobos
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
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