REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
 
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
 
Tribunal Primero  de Primera Instancia de Mediación  y Sustanciación 
 
Maiquetia, 26 de Abril de 2016
 
206º y 157º
 
 
ASUNTO: WH21-V-2011-000056
 
Vistas y analizadas las actas que conforman las presentes actuaciones y por cuanto se evidencia que el joven cumplió  la MAYORÍA DE EDAD;  y siendo que el artículo 1 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños,  Niñas y Adolescentes establece que: “ tiene por objeto garantizar a todos los niños, niñas y adolescentes, que se encuentren en todo el territorio nacional, el ejercicio y el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías,  a  través de la protección integral que el Estado, la sociedad y la familia deben brindarles desde el momento de la concepción”, ( subrayado nuestro) y siendo que el artículo 2 de la supra Ley en mención establece “ Se entiende por niño o niña toda persona con menos de doce años de edad. Se entiende por adolescente toda persona con doce años o más y menos de dieciocho años, se le presumirá adolescente, hasta prueba en contrario.” y visto que las medidas de protección solo se aplican a niños, niñas  y adolescentes, de conformidad con lo previsto en el artículo 125 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y no habiendo otra diligencia en el presente expediente que realizar en cuanto al joven antes identificado,  es por lo que esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de niños niñas y adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, ordena levantar la medida respectiva. Asimismo, ordena el cierre y archivo del presente expediente. Cúmplase.-
 
La  Juez
 
 
Abg. Mercedes Vargas Villalobos
 
La  Secretaria
 
 
Abg. Nohemi Rosendo Reyes
 
 
 
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