REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetia, 5 de Abril de 2016
205º y 157º

ASUNTO: WP21-J-2016-000164

OFICIO N°:249-2016
CIUDADANO:
DIRECTORDE RECURSOS HUMANOS
DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES (INASS)
PRESENTE.-


Tengo a bien dirigirme a usted en la oportunidad de hacer de su conocimiento que este Tribunal a mi cargo, actuando en la solicitud de justificativo de CARGA FAMILIAR a favor del de tres (03) años de edad, nacido el 10-11-12, formulada por la ciudadana MARIA GABRIELA RAVELO CAMACHO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-15.150.299, debidamente asistidos por la Defensa Pública, por auto dictado en esta misma fecha y de conformidad con el artículo 8 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA), principio de la doctrina de protección integral y el INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO, ha acordado oficiarle a los fines de que verifique la posibilidad de que el niño sea incluido como CARGA FAMILIAR de la ciudadana MARIA GABRIELA RAVELO CAMACHO, antes identificada, en todos los beneficios laborales, tales como Seguro de HCM, Becas, útiles Escolares, Uniformes, Plan Vacacional, Juguetes Navideños entre otros, que correspondan a la prenombrada ciudadana.
Remisión que se hace a los fines legales consiguientes.

DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ



Abg. Mercedes Vargas Villalobos
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación