REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
 
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
 
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación  y Sustanciación 
 
Maiquetia, 12 de Abril de 2016
 
205º y 157º
 
 
ASUNTO: WP21-H-2016-000144
 
 
 
Visto el presente convenimiento de Régimen de Convivencia celebrado por ante la Unidad de Defensoría Municipal de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Vargas, a cargo de la ciudadana TABANNE BARBARELA, acreditación N°118, entre los ciudadanos ROMERO RODRIGUEZ JOSE LUIS Y RUIZ MARTINEZ NATTALE DE LOS ANGELES venezolanos, mayores  de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-14.769.698  y V-20.559.938 respectivamente, en beneficio de su hijo, el niño quien nació el día 30 de septiembre de 2009, de seis (06) años de edad; se ordena dar entrada y anotar en los Libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el Artículo 457 en concordancia con los artículos  385 y 386 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 518 ejusdem, HOMOLOGA el convenimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto. Expídanse las copias certificadas del presente auto y del convenio que requieran las partes. CÚMPLASE LO ORDENADO
 
La Jueza,
 
 
Abg. María Eugenia Bedoya González
 
		          La Secretaria,
 
 
 
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